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Empresas en Zonas Económicas Especiales no pagarán Impuesto a la Renta durante sus primeros 5 años

Actividades prohibidas incluyen minería, hidrocarburos y confección textil.

Por rreusche
3 minutos
Gobierno aprueba reglamento de Zonas Económicas Especiales Privadas Empresas pagarán 0% de Impuesto a la Renta los primeros 5 años
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó hoy, 22 de abril de 2026, el Decreto Supremo N° 005-2026-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32449. Esta norma regula la creación, autorización y funcionamiento de las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP) en el Perú.

El reglamento establece un tratamiento especial tributario y aduanero para estas zonas, que serán administradas íntegramente por operadores privados bajo la supervisión del Estado.

El ministro de Comercio Exterior y TurismoJosé Reyes, afirmó que “la aprobación de este reglamento es un paso fundamental para transformar la estructura productiva del país” y que las ZEEP permitirán avanzar hacia una economía de mayor valor agregado.

Beneficios tributarios por 25 años

El régimen especial de renta, anticipado en la Ley N° 32449, establece una escala progresiva de tasas del Impuesto a la Renta (IR) por un período de 25 años:

  • Años 1-50% de IR
  • Años 6-107.5% de IR
  • Años 11-1510% de IR
  • Años 16-2012.5% de IR
  • Años 21-2515% de IR

Además, las operaciones entre empresas dentro de una ZEEP no estarán gravadas con IGV ni ISC, y ciertos servicios serán considerados como exportación.

Requisitos de inversión

Los postores a operadores privados deben cumplir con varios requisitos: ser una persona jurídica domiciliada en Perú, acreditar solidez financiera y suscribir un compromiso de inversión mínima de 1,500 UIT en los primeros dos años. Al tipo de cambio actual: 1,500 UIT equivalen a S/8,25 millones. Las ZEEP deberán ubicarse en terrenos de al menos 90 hectáreas, salvo excepciones debidamente justificadas.

Los usuarios (empresas que se instalen dentro de una ZEEP) deberán constituir una nueva persona jurídica o línea de negocio, realizar una inversión mínima de 2,000 UIT (S/11 millones para 2026) en dos años y fijar su domicilio fiscal dentro de la ZEEP.

Actividades permitidas y prohibidas

Las ZEEP están diseñadas para atraer inversiones en manufactura y servicios industriales. El reglamento autoriza actividades industriales, de ensamblaje y servicios vinculados que generen valor agregado. También permite actividades accesorias y complementarias, con límites precisos.

Quedan expresamente prohibidas actividades como minería, hidrocarburos, fabricación de acero básico, comercio minorista directo, servicios financieros y generación de energía para terceros. La norma también excluye la fabricación de calzado y el acabado de productos textiles.

Proceso de creación

La creación de una ZEEP sigue un proceso estructurado: el interesado presenta una solicitud de calificación a través de una ventanilla virtual, acompañada de un Plan Maestro de Desarrollo. El Mincetur evalúa la viabilidad técnica en un plazo de 30 a 60 días hábiles. De obtener viabilidad, el expediente pasa a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para la elaboración del proyecto de ley que crea la ZEEP específica.

Un nuevo modelo: del Estado a la iniciativa privada

A diferencia de las Zonas Económicas Especiales (ZEE) tradicionales, donde el Estado determina previamente las áreas para el ingreso de empresas, el nuevo esquema de las ZEEP invierte la lógica: son los propios inversionistas privados quienes solicitan la creación de estas zonas. Cada ZEEP deberá ser aprobada de manera individual mediante una ley específica.

Falta de detalles tributarios

Si bien la Ley N° 32449 ya anticipaba los beneficios tributarios, el reglamento publicado hoy no concreta los detalles específicos del esquema de exoneración. Las disposiciones adicionales relacionadas a las materias tributarias y aduaneras serán aprobadas posteriormente por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).