En el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, el Poder Ejecutivo declaró el lunes 3 de octubre “día no laborable compensable” para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa este domingo 2 de octubre.
A través del Decreto Supremo N°016-2022-TR, publicado hoy jueves 29 en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se establecen una serie de facilidades para los miembros de mesa y electores en el marco de las ERM 2022
Dentro de este DU, el artículo 1 de la norma declara el 3 de octubre como día no laborable de naturaleza compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante las elecciones.
Feriado para miembros de mesa: ¿qué requisito deben presentar al empleador?
Para gozar del beneficio del día no laborable “el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador, a través de soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación” entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
#ERM2022 🗳Con el objetivo de brindar todas las facilidades a las trabajadoras y los trabajadores del Perú 🇵🇪, damos a conocer las siguientes disposiciones para que puedan ejercer su deber cívico este domingo 2 de octubre.
— Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) September 30, 2022
✅ Conoce más, aquí: https://t.co/sXfG0T4HZ2 pic.twitter.com/lejHamXBGp
En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establece la forma para hacer efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decide el empleador”, explica la norma.
En el sector público, las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.