Este 20 de mayo hasta el 17 de agosto, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrás acceder al retiro de 20,600 soles de sus fondos de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).
Esta medida se ha dado en concordancia en lo que se ha hecho en el congreso, para así tratar de aliviar los bolsillos del ciudadano común.
¿Qué es un Fondo Intangible?
En mayo de 2020, durante la crisis causada por la pandemia de la Covid-19, en Perú se aprobó una ley que permitía a los afiliados retirar el 25% de sus fondos de AFP y depositarlos en cuentas bancarias, asegurando que estos fondos estén protegidos y no puedan ser afectados por descuentos u otras medidas.
Según el Decreto de Urgencia 056-20, la cuenta creada para depositar el 25% de los fondos retirados de la AFP conserva su carácter intangible durante un año. Durante este período, el dinero está protegido y no puede ser utilizado para saldar deudas que el afiliado tenga con el banco.
¿En qué casos no podría retirar el total de mi AFP?
La ley hace una excepción importante para las deudas alimentarias. Si un afiliado tiene retenciones judiciales o convencionales debido a este tipo de deudas, las AFP deben retener hasta un máximo del 30% de los fondos retirados para pagar esas obligaciones alimentarias.
Esta regla destaca que las necesidades de la familia son importantes y garantiza que aquellos que dependen económicamente del afiliado reciban el sustento necesario, incluso si el afiliado decide retirar parte de su fondo de pensiones.
¿Dónde puedo ver el cronograma para el retiro de la AFP?
Para visualizar cuando va a comenzar el cronograma para el retiro de la AFP, tienes que ingresar en la pagina www.solicitaretiroafp.pe, aquí podrás enterarte de los horarios de atención que serán entre las 06:00 AM hasta las 06:00 PM. Esto se llevará de acuerdo al ultimo dígito en el que termina tu DNI:
- Si el DNI termina en 1: puedes registrar tu solicitud los días 20 y 21 de mayo, y el 18 de junio.
- Si el DNI termina en 2: puedes registrar tu solicitud los días 22 y 23 de mayo, y el 19 de junio.
- Si el DNI termina en 3: puedes registrar tu solicitud los días 24 y 27 de mayo, y el 20 de junio.
- Si el DNI termina en 4: puedes registrar tu solicitud los días 28 y 29 de mayo, y el 21 de junio.
- Si el DNI termina en 5: puedes registrar tu solicitud los días 30 y 31 de mayo, y el 24 de junio.
- Si el DNI termina en 6: puedes registrar tu solicitud los días 3 y 4 de junio, y el 25 de junio.
- Si el DNI termina en 7: puedes registrar tu solicitud los días 5 y 6 de junio, y el 26 de junio.
- Si el DNI termina en 8: puedes registrar tu solicitud los días 10 y 11 de junio, y el 27 de junio.
- Si el DNI termina en 9: puedes registrar tu solicitud los días 12 y 13 de junio, y el 28 de junio.
- Si el DNI termina en 0, letra u otro: puedes registrar tu solicitud los días 14 y 17 de junio, y el 1 de julio.