Finanzas

Ejecutivo oficializa la ley que crea cuenta en el Banco de la Nación con DNI

La cuenta se creará para cualquier persona que haya nacido o naturalizado en el país, tenga DNI y sea capaz de ejercer sus derechos civiles conforme a la Constitución.
Por Guillermo Maza
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El Poder Ejecutivo publicó la ley Nº 31120 que dictamina la creación de manera automática y obligatoria una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación solo con el DNI.

La ley, aprobada en el Congreso, se utilizará para pagar, reembolsar o transferir cualquier beneficio, subsidio, beneficio económico o contribuciones que brinde el estado.

Además, la cuenta servirá para otras operaciones del servicio financiero.

¿Cómo se creará la cuenta?

La cuenta se creará para cualquier persona que haya nacido o naturalizado en el país, tenga DNI y sea capaz de ejercer sus derechos civiles conforme a la Constitución.

“Para abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remitirá al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación, nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales”, indica la ley.

El Banco de la Nación puede abrir estas cuentas sin necesidad de realizar un contrato o previa aceptación del titular.

Pero, el titular de la cuenta debe expresar su conformidad para la activación, con eso el banco remitirá el contrato por medios digitales.

En caso la Cuenta DNI está siendo utilizada para casos de fraude, corrupción o alguna actividad ilegal, el banco puede cerrarla.

Además, la ley se reglamentará en unos de 60 días. La implementación iniciará en un plazo no mayor de 180 días contados desde hoy.