El Gobierno oficializó a fines de abril pasado la inmovilización social obligatoria en el país para este domingo 9 de mayo, fecha en la que se celebra el Día de la Madre.
La medida la dispuso mediante el Decreto Supremo 083-2021 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Esta norma estableció una serie de restricciones focalizadas para el segundo domingo de este mes.
Además, se determinó que este domingo está prohibido el uso de vehículos particulares.
Se dispone que solo podrá haber traslados a pie o en bicicleta para la compra de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes.
Se fija que estarán permitidas las siguientes actividades económicas:
1. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con un aforo de acuerdo al nivel de alerta y atención desde las 4 de la mañana hasta las 6 de la tarde.
2. Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
3. Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery) desde las 4 de la mañana hasta las 11 de la noche.
Se establece que el proceso de vacunación contra el Covid-19, que viene efectuando el Gobierno, se continuará realizando ese día.