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Congreso propone despedirte si realizas labores caseras en horario laboral remoto

La congresista Maricarmen Alva propuso una modificación a la Ley de Teletrabajo, en el artículo 21°, donde se señala que el tiempo laboral virtual del colaborador será el mismo rango que realiza de manera presencial y que no se podrá hacer ninguna actividad “doméstica o privada”.
Por Gabriel Naquiche Publicado: Últ. actualización: 15 septiembre, 2023 12:47
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La congresista María del Carmen Alva (no agrupada) presentó un proyecto de ley para cambiar algunos artículos de la Ley N° 31752, Ley de Teletrabajo. Para ser más específicos, la propuesta busca prohibir la realización de las labores domésticas durante el trabajo remoto.

Los cambios se pretenden realizar en el artículo 21°, donde se señala que el tiempo laboral virtual del colaborador será el mismo rango que realiza de manera presencial, pero en este punto se añade que no se podrá hacer ninguna actividad “doméstica o privada”.

“Durante dicha jornada, el teletrabajador se encuentra prohibido de realizar tareas domésticas o privadas, de darse el caso se constituye una dejación de funciones y por tanto el abandono del puesto de trabajo, siendo aplicable las sanciones correspondientes y la reversión de la modalidad de teletrabajo”, se lee en el documento.

¿Podrían despedirte?

La abogada especializada en derecho laboral, Claudia Seminario, explicó que la propuesta de ley establece que las personas que opten por el teletrabajo deberán dedicar al menos el 20% de sus horas laborables al mes a esta modalidad, o un porcentaje equivalente según la duración de su contrato.

Además, se requerirá que el trabajador notifique a su empleador con al menos 5 días de anticipación cualquier cambio en su lugar de trabajo. Esto se debe a que el empleador debe evaluar las condiciones de seguridad en el nuevo entorno laboral. En consecuencia, el teletrabajador deberá presentar una declaración jurada que describa su nuevo espacio de trabajo. Si este no cumple con los requisitos establecidos en su espacio anterior, el empleador tendrá el derecho de no aceptarlo.

Del mismo modo, Seminario indica que en la modificatoria se incluye que el empleador le debe recomendar a su teletrabajador que realice pausas activas.