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Congreso aprueba proyecto para que más inversionistas accedan al RERA IGV

Para acogerse a este beneficio, antes se requería de una inversión de, al menos, US$5 millones. Hoy, solo se necesitan de US$2 millones.
Por Valeria Olguín Rodríguez
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Con 82 votos a favor. El texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3672 fue aprobado en el pleno del Congreso de la República. En él se establece un acogimiento excepcional al régimen especial de recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (RERA IGV). Cabe destacar que esta propuesta la realizó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en el periodo de Kurt Burneo. Además, la representación nacional exoneró de la segunda votación del texto sustitutorio de la iniciativa, con 79 votos.

Todo ello se da en el marco de la aprobación, el pasado 15 de diciembre, del plan Impulso Perú. Este busca reactivar la inversión privada en nuestro país.

¿Qué propone esta ley? Que mientras se genere una renta de tercera categoría, cualquier persona natural o jurídica pueden acceder al RERA IGV. Ello, siempre y cuando, su objetivo sea realizar proyectos de inversión en cualquier sector de la actividad económica.

La suma destinada al desarrollo de dichos proyectos debe ser de, al menos, US$ 2 millones dólares estadounidenses. Aquí se deben incluir la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares; en otras palabras, la inversión total. Cabe resaltar, que en esta cifra no se considera el IGV.

¿Qué es el RERA IGV?

El RERA IGV, promueve la adquisición de bienes de capital. Este permite la obtención anticipada del impuesto pagado o traslado por la adquisición de bienes y servicios, así como por los contratos de construcción, realizada durante toda la etapa preoperativa de un proyecto de inversión.

Este incentivo fiscal facilita la dinamización del flujo de efectivo. Ello, pues alivia el impacto financiero negativo que ocasiona el IGV, durante la adquisiciones que se realizan en etapas preoperativas largas. Así lo señala la multinacional Ernst & Young.

Por otro lado, un requisito adicional de quien decida acogerse al RERA IGV, es que el periodo previo al inicio de operaciones debe ser igual o mayor a dos años. Anteriormente, una de las normas era que, salvo excepciones de proyectos agrícolas, la inversión no debe ser menor a US$5 millones. Sin embargo, con la aprobación del Congreso de la nueva medida, y el propio plan Impulsa Perú, esa cifra queda reducida a US$ 2 millones. De esta manera, se amplían las posibilidades para el acceso al beneficio.