Arrendatarios con inquilinos morosos contarán con una orden del poder judicial para desalojar en solo tres días a los deudores.
Esta nueva ley podrá aplicarse en caso haya vencido el plazo del contrato de arrendamiento o cuando se incumpla el pago de la renta de acuerdo a lo convenido.
El ministro de vivienda Carlos Bruce señaló que el procedimiento para retirar a los inquilinos morosos tomaría un plazo de 20 a 30 días.
Proceso para el desalojo «express»
El notario recibe la solicitud de desalojo y constata el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad, el contenido del contrato de arrendamiento, y requisitos de solicitud de desalojo.
El arrendatario, tras ser notificado, tendrá un plazo de 5 días para acreditar no estar incurso en alguno de las causales.
Si hay causales de desalojo, el notario extiende un acta no contenciosa (no litigiosa, sino declarativa) dejando constancia del vencimiento del contrato o la resolución del mismo por falta de pago y remite una copia legalizada del expediente al juez de paz letrado del distrito en el cual se ubique el inmueble.
Una vez terminada la parte notarial dentro de un plazo de tres días hábiles de recibida la solicitud del interesado y las copias legalizadas del expediente del notario, el juez de paz letrado dispone el lanzamiento (desalojo) contra el arrendatario o contra quien se encuentre en el inmueble, así como la orden de descerraje en caso sea necesario.
La autógrafa señala que la resolución judicial es impugnable sin efecto suspensivo.