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Influencers obligados a mostrar su RUC en sus publicaciones desde julio: ¿De cuánto es la multa si no cumples esta disposición?

Los influencers deberán incluir su RUC y nombre cuando vendan bienes y/o servicios por Internet. En caso de no hacerlo, serán multados y les embargarán las cuentas bancarias.
Por Gabriel Naquiche
3 minutos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), en su rol de dinamizar el pago de los tributos, estableció nuevas herramientas que facilitan a los influencers o youtubers cumplir con las obligaciones tributarias (IGV e Impuesto a la Renta) y así combatir la evasión y la elusión.

Esta medida se regirá desde el 1 de julio del 2023, donde las personas naturales (incluido los influencers) que comercialicen bienes y/o servicios por internet (Facebook, Instagram, Tik Tok, correo publicitarios, etc.) serán fiscalizados por la Sunat con la finalidad de recaudar los tributos correspondientes.

Asimismo, estas personas deberán indicar su Registro Único de Contribuyentes (RUC) y su nombre en la publicidad que hagan en las plataformas digitales.

Esta modificatoria se encuentra en el Decreto Legislativo 1524 – SUNAT emitido el día 18 de febrero 2022, la Sunat modificó el Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, así como otra normatividad vinculada a dicho registro.

La disposición indica que el número de RUC debe ser consignado «en toda la documentación mediante la cual se oferten bienes y/o servicios, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice utilizando plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móvil, entre otros».

En ese sentido, «el número de RUC debe figurar acompañado del nombre o denominación o razón social del sujeto publicitado».

¿Cuáles son las multas si no cumplo esta norma?

De no cumplir con esta disposición, los influencers o negocios podrían ser sancionados con hasta el 30% de una UIT, equivalente a S/1,485.

Según Karina Quinde, abogada del área de regulatorio del estudio Miguel Mur & Abogados, esta no sería la única multa que podrían recibir los influencers si no consignan la información mencionada. LA norma, menciona, ha dispuesto que el Indecopi tenga competencias para fiscalizar que toda la publicidad cumpla con esta nueva exigencia.

“Con la nueva disposición, no solo se podrá ser pasible de una sanción a nivel de la normativa tributaria, sino que también, desde el ámbito de competencia desleal; situación que podrá ser sancionable desde una amonestación hasta con 700 UIT (S/ 2’765,000.00)”, indica Quinde.

A continuación las sanciones que se podrían recibir en estos casos:

RUC para todos

Si eres una persona que no cuenta con RUC, la Sunat tiene la facultad que de inscribir de oficio a los sujetos que desarrollan este tipo de actividades, pero que no están registrados y que, por lo tanto, no pagan impuestos. Por ello, te creará un RUC con la dirección que figura en tu DNI o Migraciones (en el caso de ser extranjero).

Acciones como no solicitar o verificar el número de RUC en los procedimientos establecidos por el Código Tributario o no consignar en la documentación de las ofertas comerciales, serán considerados infracciones al Código Tributario.

Régimenes tributarios

Estos son los regímenes tributarios vigentes ordenados de menor a mayor carga tributaria:

  • Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS (solo pueden otorgar boletas de venta)
  • Régimen Especial de Renta – RER (pueden entregar facturas y boletas de venta)
  • Régimen MYPE Tributario – RMT (pueden entregar facturas y boletas de venta)
  • Régimen General – RG (pueden entregar facturas y boletas de venta).