La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) emitió tres resoluciones sobre el envío de documentos y comprobantes electrónicos. En la siguiente nota conoce los últimos cambios que se implementaron.
¿Qué cambios hizo la Sunat?
Plazo de envío de facturas electrónicas
Desde el 6 de enero de 2023, los contribuyentes cuentan con un plazo máximo de tres días calendario para enviar sus facturas electrónicas a la Sunat o a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE). “Vencido ese plazo, no tendrá la calidad de factura electrónica ni de nota electrónica, aun cuando hubiera sido entregada al adquirente o usuario”, explica Bengtsson.
El ejecutivo recuerda que Sunat emitió una normativa que reducía el plazo para el envío de facturas a solo un día, pero se rectificó.
Masificación de las guías de remisión
Desde este año, la emisión de la guía de remisión electrónica es de uso obligatorio para nuevos contribuyentes. Este documento se puede emitir tanto a través del portal de Sunat como por las plataformas de los Proveedores de Servicios Electrónicos, donde los contribuyentes pueden guardar información clave como datos frecuentes para agilizar el proceso de emisión y ahorrar tiempo.
Obligatoriedad de contratar un OSE para nuevos PRICOS
A partir de julio del año pasado, los nuevos Principales Contribuyentes están obligados contratar a un Operador de Servicios Electrónicos para la validación de sus comprobantes electrónicos