Pesca

Sechura será foco de exportación de la concha de abanico

Por Andrea Rubio Cabrera Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 15:46
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Foto: Agencia Andina

Sechura será foco de desarrollo económico a nivel nacional, gracias a la aprobación de las Medidas de Ordenamiento para el Desarrollo de la Acuicultura en la Bahía de Sechura, del Ministerio de la Producción (Produce).

Con el objetivo de impulsar las exportaciones de la concha de abanico de manera sustentable y en armonía con el medio ambiente, hoy se publicó la Resolución Ministerial Nº 124-2020-PRODUCE en el diario oficial El Peruano.

La norma se remitirá a la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Piura y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa.

Alta tecnología y gestión ambiental

En las disposiciones complementarias finales, se determinó la implementación de tecnologías digitales para la solicitud y emisión de la Declaración de Extracción y Recolección de Moluscos Bivalvos Vivos.

Para ello, el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) implementará  el uso de Tecnologías Digitales para la solicitud y emisión de la Declaración de Extracción y Recolección de Moluscos Bivalvos en la Bahía de Sechura del departamento de Piura.

Asimismo, se estableció que La Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas (DGAAMPA) del Ministerio de la Producción, aprobará en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, las disposiciones especiales para la presentación de los instrumentos de gestión ambiental y los compromisos ambientales.

Estas exigencias serán para los titulares de la Pesquería Artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), previstos en el artículo 6 de la presente resolución ministerial.

Extracción de semilla del medio natural

También se determinó las zonas y cuotas para la extracción de semilla provenientes del medio natural, así como los mecanismos de aprovechamiento, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), teniendo en cuenta lo previsto en el literal c) del numeral 4.4 del artículo 4 de la presente resolución ministerial.