Durante las primeras semanas de noviembre se llevará a cabo el segundo pago de la CTS 2022 a un promedio de 4 millones de trabajadores formales del régimen laboral privado.
Dado que el Estado autorizó la libre disponibilidad del 100% de los fondos, con el fin de que los ciudadanos cuenten con un apoyo para afrontar sus problemas económicos, esta vez será más fácil retirar que otros años, pues solo deberán ir al cajero o banco donde tienen su dinero y retirarlo, aunque también pueden hacer transferencias.
A continuación, te contamos si accederás al pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
¿Cómo saber si accedo a la CTS?
En principio, pueden acceder todos los trabajadores del sector privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre los meses de mayo y octubre.
También se considera a:
- Los trabajadores de la pequeña empresa: A razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- Los trabajadores del régimen agrario: La CTS se incluye en la remuneración diaria a razón del 9.72% de la remuneración básica. Sin embargo, el trabajador puede optar por que la CTS le sea abonada de manera diferenciada y de manera semestral, como en el régimen laboral común.
- Los trabajadores del hogar: También acceden al pago de la CTS, la cual se pagará bajo las mismas condiciones que el régimen laboral común.
No pueden acceder:
- Trabajadores de medio tiempo que hayan tenido una jornada laboral menor a cuatro horas diarias.
- Trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype.
- Quienes perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.
- Trabajadores del sector público sujetos a regímenes especiales.
¿Hasta cuándo podrás cobrar tu dinero?
Los trabajadores podrán retirar la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023. Durante este tiempo podrán enviar varias solicitudes.