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Nueva ley de reforma exige afiliación a sistema de pensiones desde los 18 años: ¿De qué trata?

La nueva Ley Nº 32123 otorga a la Reniec, la ONP y la SBS la facultad para emitir las disposiciones necesarias para afiliar a los ciudadanos.
Por Iveth Yamunaque
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pensión 18 años

El Gobierno peruano promulgó la nueva Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano, que incluye, entre sus cambios, la disposición de una pensión mínima de S/600, la afiliación obligatoria de los mayores de 18 años y la aportación de la pensión por consumo.

Afiliación obligatoria a sistemas de pensiones desde los 18 años

Con la nueva normativa, todas las personas mayores de 18 años estarán obligadas a afiliarse a un sistema de pensiones, ya sea público o privado, de manera similar a la obligación de contar con DNI.

Aquellos ciudadanos que cumplan 18 años después de la promulgación de esta ley deberán decidir, de forma obligatoria, si se inscriben en el sistema público de la ONP o en el sistema privado, que incluye a las AFP, bancos, cajas municipales, entre otros.

Si no realizan una elección, serán afiliados automáticamente al sistema público, lo que implica que el Estado asume el riesgo financiero de estas personas.

Esta opción de libre elección también se extiende a los mayores de 18 años que, al momento de la entrada en vigor de la ley, no estaban afiliados a ninguno de los dos sistemas.

En este caso, si no seleccionan entre el sistema público o privado, serán asignados de manera automática al sistema privado. Este grupo incluye principalmente a adultos con mayor capacidad económica, que laboran de manera independiente.

La nueva Ley Nº 32123 otorga a la Reniec, la ONP y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) la facultad para emitir las disposiciones necesarias para implementar la afiliación de los ciudadanos, conforme a los plazos que se detallarán en el reglamento respectivo.