Es probable que luego de hacer una compra y acudieras a pagar en la caja te hayan cobrado un costo adicional de 5% por pago con tarjeta.
De ahora en adelante este tipo de prácticas serán multadas por Indecopi, desde una amonestación hasta las 450 UIT, es decir S/ 1.9 millones, dado el valor de S/ 4,200 cada UIT.
Explica que, cuando se informa que el precio de un bien o servicio cuesta S/ 20, por ejemplo, este debe incluir todos los conceptos, como delivery, cargos de la tarjeta, entre otros, “todo lo que me van a cargar debe estar informado en el precio”.
Y en el caso de los costos adicionales -detalla Ledesma-, éstos deben ser informados de “manera oportuna”, a fin de que el consumidor tome la decisión de seguir con el proceso de compra del bien o servicio.
Wendy Ledesma, continúa explicando que lo que se procura es que exista una información previa; por ejemplo, un letrero en el establecimiento comercial que indique el cargo del 5% adicional para el pago con tarjeta, o en el restaurante que se detalle en la carta.
“En Perú se permite esta distinción y el mecanismo es que tengamos la información oportuna antes que se realice la transacción. Se tiene que informar claramente para que sepa que hay una diferenciación”, detalla.
Inclusión Financiera
Wendy Ledesma comenta que este mecanismo no existe en otros países de la región, como Chile o Uruguay, en el que se estipula que el pago en efectivo o con tarjeta de crédito o débito tendrá el mismo precio y no se debe aplicar un cargo adicional.
“En dichos países, por un tema de inclusión financiera está prohibido este tipo de cargos” , mencionó.
Wendy Ledesma indicó que este año ya se ha conversado con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), sobre este tipo de acciones a realizar.
Proceso del reclamo
Si se detecta el cobro de adicionales luego de tomar el bien o servicio, sin ser informado, Wendy Ledesma explica que debe detallarse el hecho en el libro de reclamaciones.
“Se debe dejar constancia de que no se sabía y que se ha visto vulnerado su derecho”, remarcó.