La ordenanza de la Municipalidad de Miraflores que regula el uso de bicicletas y scooters indica que ambos vehículos pueden transitar por las pistas y ciclovías, sin embargo las organizaciones Luz Ámbar y Transitemos coinciden en señalar que debe respetarse la norma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) que dispone limitar el tránsito de scooters a las pistas, como ocurre con los vehículos mayores.
“El MTC ya establece que estos vehículos (los scooters) no pueden circular por la vereda o acera, tienen que hacerlo por la calzada. Y La ordenanza está señalando que circulen por la ciclovía, entonces allí hay una contradicción. Tendrían que ir por la calzada, por la velocidad a la que van”, dijo a Luis Quispe Candia, presidente de la ONG Luz Ámbar, quien considera que la ordenanza Nº 518 /MM, publicada el último domingo, vulnera el artículo 11 de la Ley 27181 y reglamentos de tránsito nacionales.
Como lo indica Quispe, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre precisa que los gobiernos municipales solo pueden emitir ordenanzas sin contravenir ni desnaturalizar dicha ley y sus reglamentos. “Esta ordenanza, por más que haya sido formulada con muy buena intención, cuando establece multas tan elevadas e infracciones que están previstas en otros reglamentos, está colisionando con otras normas de mayor jerarquía”, indica.
Necesidad de modificar los reglamentos
En una resolución emitida por el MTC en abril pasado, este incorpora al scooter como vehículo de movilidad personal e indica que las infracciones y sanciones a este tipo de vehículos se incluirán en el Reglamento Nacional de Tránsito, pero estas modificaciones aún se encuentran pendientes.
La ordenanza de la Municipalidad de Miraflores también prohíbe que en estos vehículos vaya más de una persona, así como el uso de audífonos y celulares mientras se conduce, lo que implica la aplicación de multas cuando se trate de vehículos utilizados para el alquiler o el servicio delivery.
Ambas prohibiciones se encuentran respaldadas por la Resolución Ministerial Nº 308-2019 MTC, sin embargo, Quispe sostiene que es necesario esperar a que el MTC también establezca las sanciones para estos incumplimientos, mediante modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito.
Con una posición similar, Alfonso Flórez, gerente general de la fundación Transitemos, considera que los scooters “deben ir por la pista, como los autos, por el carril derecho, respetando el reglamento nacional de tránsito”, como lo señala la citada resolución ministerial. Según indica, el MTC ya está trabajando una norma para modificar el Reglamento Nacional de Tránsito, de modo que incluya especificaciones para el uso de los scooters y bicicletas , como sucede con las motocicletas o vehículos mayores.
“El MTC tiene que incluir algunas especificaciones para estos vehículos. Porque si no, imagínese: Miraflores ha sacado su norma, mañana San Isidro saca la suya y Barranco igual… es un absurdo. Tiene que haber una norma nacional”, dijo a Gestion.pe.
Asimismo, Flórez señala que, al igual que en la ordenanza de la Municipalidad de Miraflores, el MTC ha señalado en la mencionada resolución ministerial la prohibición de que vaya más de una persona en bicicletas o scooters . “Es necesario que sea así, porque son vehículos pequeños y correría peligro el acompañante”, señaló.
Multas elevadas
Al publicarse la ordenanza, inicialmente se interpretó que todos las bicicletas y scooters debían registrarse de forma obligatoria ante la Municipalidad y que las multas de hasta 1 UIT (S/4,200) también se aplicaban a usuarios particulares, sin embargo, el gerente municipal de Miraflores, Oscar Lozan, indicó que estas multas solo se aplicarán cuando los vehículos sean destinados al alquiler o al servicio delivery. Sin embargo, tendrán responsabilidad solidaria en la multa el usuario y el arrendador.
Dichas multas son de hasta 12 veces el valor de las multas aplicadas a conductores de vehículos mayores por las mismas infracciones.
Así, no respetar una luz roja con un automóvil acarrea una multa de 12% de una UIT (S/504), de acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito, sin embargo, cometer la misma infracción con un scooter o bicicleta en Miraflores implicará una multa de 1 UIT (S/4,200), es decir ocho veces el valor de la primera.
De similar modo, conducir un vehículo mayor en una zona no permitida genera una multa de 8% de una UIT (S/ 336) y hacer lo mismo con scooter significará ser multado por S/ 4,200 (12 veces el valor de aquella multa) en Miraflores.
Al respecto, Lozan indicó que en reglamento de la ordenanza, que todavía se encuentra en proceso de formulación, se precisará la gradualidad de la aplicación de las multas, sin embargo, defendió las altas tasas establecidas. “El objetivo es que sean disuasivas”, dijo al respecto.