La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) introdujo cambios significativos en el Reglamento de Pólizas de Microseguros.
Estas actualizaciones incluyen la determinación de la prima máxima para los microseguros, así como otras disposiciones relevantes.
¿Qué aspectos se modificaron en el reglamento de microseguros?
La Resolución SBS N° 01438-2024, publicada recientemente en el diario oficial El Peruano, modifica la Resolución SBS N° 2829-2016.
El objetivo principal es actualizar los parámetros que determinan la prima máxima aplicable a los microseguros.
Además, se trabajó en precisar la definición del público objetivo, modificar el reporte de información sobre estos productos de seguros y actualizar los procedimientos para ejercer el derecho de arrepentimiento en el caso de microseguros vendidos a distancia.
También se ha incorporó la facultad de resolver el contrato sin necesidad de justificación.
¿Qué cambios destacan entre las modificaciones?
Entre las modificaciones realizadas, se destacan los cambios en los literales c) y k) del artículo 2 ‘Definiciones‘, los cuales amplían la definición de comercializador y reclamo, respectivamente.
Asimismo, se ajustó la definición de microseguro en el artículo 3, detallando las características que deben cumplir estos seguros para garantizar su accesibilidad y adecuación al público objetivo.
Además, se modificó el artículo 8 referente a los microseguros individuales, estableciendo plazos para la entrega de las pólizas simplificadas.
¿Cómo benefician los microseguros?
Los microseguros son productos de seguros diseñados para ser accesibles a personas con bajos ingresos y microempresarios. Por ello, brindan protección para gestionar riesgos personales y patrimoniales.
Estos ajustes buscan mejorar la adaptabilidad a las necesidades de dicho sector de la población.
¿Cuánto tiempo tienen las empresas para adecuarse a las nuevas medidas?
Cabe señalar que, también se hicieron otras modificaciones y entrarán en vigor a partir del 23 de abril de 2024.
A la vez, otorga a las empresas un plazo de 90 días para adecuarse a las nuevas disposiciones.