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Indecopi: multa por S/ 12.5 millones Amcor y San Miguel Industrias por concertación

Comisión de Defensa de la Libre Competencia concluye que ambas empresas de plásticos serán multadas por el reparto de clientes.
Por Fergie Noé Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 17:26
2 minutos

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) aprobó los «compromisos de cese» alcanzados entre la Secretaría Técnica de la Comisión y las empresas Amcor Rigid Plastics del Perú S.A. (Amcor) y San Miguel Industrias PET S.A. (SMI).

Estas empresas eran investigadas por una práctica anticompetitiva en la modalidad de reparto de clientes en el segmento ‘spot’ del mercado de preformas de envases de plástico PET.

Las preformas PET son moldes de un tipo de plástico (PET) que constituyen un insumo para la fabricación de diversos envases a los que, luego de un proceso de soplado, se les da la forma adecuada para convertirlos en botellas de plástico que serán utilizadas en diversos productos, como, por ejemplo, aguas embotelladas, aceites, entre otros. 

Las empresas Amcor y SMI representan casi la totalidad del mercado de preformas PET en el Perú.

Práctica anticompetitiva

La práctica anticompetitiva de las referidas empresas se habría producido en el segmento denominado «spot», que es un segmento de mercado compuesto por ventas de cantidades específicas.

El acuerdo entre Amcor y SMI habría generado que las empresas contraten con un grupo de clientes específico del mercado ‘spot’, sin que la otra realice ofertas competitivas para contratar con dichos clientes, logrando con ello cobrar precios mayores a los de un mercado competitivo.

Como parte de estas medidas correctivas, se aprobó que cada empresa asuma el pago de una suma de dinero como medida complementaria que evidencia su propósito de enmienda para contribuir con las actividades de investigación, promoción y defensa de la competencia.

Multa

Así, en el caso de Amcor esta suma asciende a S/ 9’132,864, mientras que, en el caso de SMI, dicha suma asciende a S/ 3’406,405.

Por otro lado, se ordenó también a las empresas la implementación de un programa de cumplimiento de las normas de libre competencia, lo que incluye capacitaciones a sus funcionarios y la designación de una persona dedicada a cumplir las funciones de Oficial de Cumplimiento en cada una de las empresas, por un periodo de 3 años.

Con información de RPP.

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Por Fergie Noé

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