Indecopi multa a Interbank con 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por abrir una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) sin el consentimiento de una usuaria en Piura. La afectada señaló que el banco creó una cuenta a su nombre el 18 de junio de 2020 sin su autorización.
¿Por qué Indecopi multa a Interbank con 2 UIT?
El caso se remonta a 2021, cuando la clienta presentó una queja ante Indecopi después de recibir un correo electrónico en octubre de 2020 que le informaba sobre la apertura de una cuenta CTS que nunca había solicitado.
La denunciante argumentó que la entidad financiera no respetó su derecho a otorgar consentimiento previo y que vulneró la Ley de Protección y Defensa del Consumidor.
Tras investigar los hechos, Indecopi determinó que Interbank incumplió los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que se le impuso una multa equivalente a 2 UIT. Asimismo, ordenó la cancelación de la cuenta irregular.
Interbank alega que siguió órdenes del empleador
Ante la sanción, Interbank apeló y aseguró que la apertura de la cuenta CTS se realizó siguiendo instrucciones del empleador de la usuaria, en este caso Essalud. Según el banco, el procedimiento se llevó a cabo en cumplimiento de la normativa vigente para la gestión de fondos de CTS.
Sin embargo, Indecopi resolvió que la entidad financiera no presentó pruebas suficientes para sustentar su defensa. En consecuencia, la multa se mantuvo firme y el banco fue obligado a cerrar la cuenta de la usuaria.
Registro de infracción y medidas adicionales
Además de la sanción económica, Indecopi ordenó que Interbank sea inscrito en el Registro de Infracciones y Sanciones, lo que forma parte del mecanismo de fiscalización para garantizar prácticas adecuadas en el sector financiero.
Asimismo, el banco deberá reembolsar las costas y costos derivados del proceso administrativo, aunque la entidad asegura que la cuenta ya fue cancelada por la usuaria en 2022.