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Financoop se disuelve tras no cubrir un patrimonio negativo de casi S/2 millones

Los socios cuentan con una cobertura de hasta S/5,000, mientras los administradores temporales inventarían los activos para ordenar el pago a los acreedores.

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financoop Ltda., con domicilio legal en San Isidro, Lima.

La entidad no logró superar el régimen de intervención al que fue sometida en septiembre y no pudo revertir la pérdida total de su capital social y de su reserva cooperativa.

Un plazo que venció sin solución

Según la resolución de la SBS, la cooperativa acumulaba un patrimonio negativo de S/1,958,037.69 al 31 de marzo de 2026.

Esa causal está prevista en la Ley General de Cooperativas como motivo de intervención.

Financoop pidió más tiempo para resolver el problema y planteó una inyección de S/3 millones.

Sin embargo, el plazo ya se había agotado y la cooperativa tampoco levantó la causal.

La intervención no implicaba necesariamente una disolución.

Los socios debían acreditar a satisfacción de la SBS que habían superado la pérdida, y el plazo para hacerlo venció el 24 de octubre de 2026.

Esa fecha se definió en la asamblea general de intervención, donde se informó a los socios sobre la causal y los plazos.

La norma establece que, si en los primeros 30 días del régimen no se levanta la causal, la coopac es excluida del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y se declara su disolución.

Eso ocurrió con Financoop.

Qué queda prohibido tras la disolución

La SBS aplicó el artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, que mantiene las prohibiciones impuestas a la cooperativa disuelta.

En concreto, no se puede:

  • Iniciar contra ella procesos judiciales o administrativos para cobrar deudas a su cargo.
  • Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
  • Constituir gravámenes sobre sus bienes en garantía de sus obligaciones.
  • Hacer pagos, adelantos o compensaciones, ni asumir obligaciones por cuenta de la cooperativa, con fondos o bienes suyos que estén en poder de terceros.
  • Dictar medidas cautelares sobre sus bienes.

Cómo se ordenará la devolución del dinero

Los administradores temporales tomarán posesión inmediata de todos los bienes de la cooperativa y firmarán las actas de transferencia.

También recibirán los títulos, valores, contratos, libros, archivos y demás documentos de su propiedad.

Entre sus tareas figuran:

  • Elaborar el estado de situación financiera y el estado de resultados a la fecha de la disolución.
  • Inventariar y valorizar todos los activos, con un listado para la cooperativa, otro para el liquidador designado por el Poder Judicial y otro para la SBS.
  • Preparar la relación de acreedores, con el monto, la naturaleza de las deudas y la preferencia de cada una, según el artículo 10 del reglamento.
  • Recibir las amortizaciones y cancelaciones de los créditos otorgados y seguir con las acciones para recuperarlos.
  • Entregar la posesión de los bienes, libros y archivos al liquidador designado por el Poder Judicial, cuando corresponda.

El seguro cubre hasta S/5,000 por socio

El monto máximo de cobertura por socio en cada coopac, incluidos los intereses, es de S/5,000.

Aplica a las coopac de nivel 1 y nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32,200 UIT. Financoop sí cuenta con este seguro.

Sources: texto de la nota de Infobae (6 de noviembre de 2026) entregado como insumo.