Los docentes tendrán una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del 100% de su remuneración íntegra mensual, por año o fracción de los meses de servicios oficiales laborados de manera efectiva, desde su nombramiento hasta la fecha de su retiro.
Así lo dispuso el pleno del Congreso esta semana, a través de la aprobación de un dictamen que fue exonerado inmediatamente de segunda votación.
Tal como lo confirma la agencia oficial Andina, el presidente de la Comisión de Educación, Esdras Medina Minaya (Renovación Popular), informó que la propuesta contiene un artículo único, el cual modifica el artículo 63 de la Ley de la Reforma Magisterial ; y dos disposiciones complementarias finales.
La primera disposición complementaria final trata sobre la implementación de la norma y la segunda se refiere a la reglamentación.
El parlamentario sostuvo que el dictamen no contraviene ninguna disposición legal.
Medina hizo referencia a la Sentencia 3052-2009, del Tribunal Constitucional, que, en su fundamento jurídico 24, define que la “doctrina reconoce que el derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios tiene como su fundamento la justicia social”.
«Una justicia siempre basada en el derecho que tiene el trabajador para que sus energías gastadas, por el esfuerzo diario a favor del empleador, tengan una retribución específica proporcionada al tiempo que ha trabajado para otro», dijo el congresista.