Sigue toda la información aquí. Se acerca la navidad y muchos peruanos se preguntan si el Gobierno entregará un nuevo subsidio para afrontar la crisis económica durante las fiestas. ¿Existe el Bono Navideño 2022 en Perú? Aquí te contamos si existe información y link oficial sobre una bonificación con este nombre.
¿Existe link del Bono Navideño 2022 Perú?
La respuesta es no. Durante un programa dominical, la presidente del Perú, Dina Boluarte, anunció que el aguinaldo del 2022 será aumentado de S/ 300 a S/ 500 para los trabajadores del sector público. Por ello, no existe un Bono Navideño 2022 Perú ni link para reclamar un subsidio con este nombre.
En ese sentido, desde Infomercado aconsejamos no dar clic en ningún enlace de dudosa procedencia porque podría ser víctima de robo informático.
¿Cuándo cobrar el Bono 500 soles en 2022?
Cabe mencionar que el pago será abonado por única vez en la planilla de pagos de este mes de diciembre.
¿Quiénes cobrarán el aguinaldo de 500 soles?
Este abono por concepto de aguinaldo para los trabajadores del sector público no será otorgado a todo el personal que cumple funciones para el Estado; muy por el contrario, beneficiará a quienes cumplan con ciertas modalidades contractuales, de acuerdo a la ley.
- Funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
- Los docentes universitarios contratados bajo la Ley 30220.
- El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del sector público.
- Personal de las Fuerzas Armadas.
- Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas a cargo del Estado que se encuentren en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Ley 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
¿Cuáles son los requisitos para cobrarlo?
- Encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP)
- Encontrarse laborando al 30 de noviembre del año en curso, o en goce del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre de este año. De no contar con este periodo de tiempo, el monto que se abonará se fijará de manera proporcional a los meses y días laborados.