En los meses de julio y diciembre los trabajadores formales del sector privado reciben la gratificación correspondiente, sea cual sea su contrato e incluso si trabajan a medio tiempo.
¿Cómo calcular cuánto recibiré de gratificación?
Para ello, debes tener como base tu sueldo vigente al 30 de noviembre. Así, tu pago será esta remuneración más lo que te corresponde de asignación familiar.
En el caso no hayas trabajado durante todo el semestre, tu gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes calendario completo si el trabajador no laboró durante todo el semestre.
A los afiliados a EsSalud les corresponde un pago adicional de 9%, y los adscritos a una entidad prestadora de salud (EPS) recibirán un extra de 6,75%.
¿Cómo saber si recibirás este beneficio?
Según la Ley 27735, que regula el pago de gratificaciones legales, para recibirlas el trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos:
- El colaborador tendrá derecho a recibir este beneficio siempre y cuando lleve un mes completo laborado en la empresa, anterior al mes en que corresponde pagar la gratificación. Es decir, si la fecha de pago es en julio y diciembre, el colaborador deberá haber laborado en junio y noviembre.
- El colaborador deberá encontrarse cumpliendo sus labores durante la primera quincena de los meses en los que se paga el beneficio.
¿Qué día pagan la gratificación?
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), este beneficio se puede pagar hasta el 15 de diciembre.
En el caso no te paguen, debes saber que de acuerdo con el decreto supremo 019-2006-TR, este incumplimiento significa una infracción grave en materia laboral.