El alza de la remuneración mínima vital (RMV) de S/1,130 a S/1,230, vigente desde el 1 de octubre, modifica al menos diez conceptos laborales que se calculan sobre el sueldo mínimo, entre ellos la asignación familiar, el aporte a EsSalud y la subvención de practicantes. Las empresas deben aplicarlos desde la planilla de octubre, según detalló Álvaro Gálvez Calderón, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
La RMV alcanza a todos los trabajadores del régimen privado con jornada de cuatro horas diarias o más. Quienes trabajan a tiempo parcial la reciben en proporción a sus horas. Los trabajadores que ganen menos de S/1,230 deben ser nivelados de inmediato, señaló Gálvez.

Los pagos que suben
La asignación familiar, equivalente al 10% de la RMV, pasó de S/113 a S/123. Se paga al trabajador con hijos menores de edad, o mayores de edad que cursan estudios superiores hasta los 24 años, sin importar cuánto gane.
El aporte mínimo que el empleador hace a EsSalud subió de S/101.70 a S/110.70, porque se calcula con el 9% de la RMV incluso en contratos a tiempo parcial. La remuneración mínima por trabajo nocturno, que es la RMV más 35%, llegó a S/1,660.50.
Los practicantes y aprendices que cumplen el horario formativo máximo deben recibir una subvención de S/1,230, igual que los trabajadores del hogar con jornada completa. El sueldo mínimo minero, que suma 25% a la RMV, quedó en S/1,537.50, y la bonificación BETA del régimen agrario, en S/369.
Los periodistas colegiados que laboran en empresas de comunicación con más de 25 trabajadores tienen un mínimo de tres RMV, que ahora equivale a S/3,690.
Topes no remunerativos
Dos topes que interesan a las áreas contables también cambiaron. El límite de prestaciones alimentarias, que el empleador puede dar como beneficio no remunerativo sin afectar los beneficios sociales ni los aportes, subió de S/2,260 a S/2,460.
La movilidad diaria sustentada con planilla, que la empresa puede deducir del impuesto a la renta y que no es renta ni remuneración para el trabajador, pasó de S/45.20 a S/49.20 por día. La CCL recomendó actualizar ambos topes para evitar contingencias laborales y tributarias.
CTS, gratificación y horas extras
El aumento llega a los beneficios sociales. La CTS de noviembre se calcula con la remuneración vigente al 31 de octubre, que ya es de S/1,230. A ese monto se suma un sexto de la gratificación de julio (S/188.33), con lo que la remuneración computable llega a S/1,418.33. El depósito por un semestre completo será de S/709.17.
La gratificación de diciembre será de S/1,230, más una bonificación extraordinaria de 9% (S/110.70). Si el trabajador está afiliado a una EPS, la bonificación es de 6.75%.
El valor de la hora ordinaria sube a S/5.13. Las dos primeras horas extras se pagan a S/6.41 cada una, con un recargo de 25%, y las siguientes a S/6.92, con 35%.
Las vacaciones se pagan con la remuneración vigente al momento del descanso, y la indemnización por despido arbitrario, de una remuneración y media por año, se calcula con el nuevo monto. Los aportes del trabajador a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), de 13%, o a la AFP también aumentan.

Multas y bono
No pagar la RMV completa y a tiempo es una infracción grave según el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (Decreto Supremo N.° 019-2006-TR).
La multa depende del número de trabajadores afectados, por lo que en planillas grandes el monto puede ser alto. Las diferencias en la asignación familiar y en los aportes a EsSalud se detectan a partir de la planilla electrónica (PLAME), advirtió Gálvez.
El Gobierno anunció un bono de S/100 por cada trabajador con RMV para las microempresas de 2 a 10 empleados. Al cierre del artículo de la CCL, la norma que lo regula no se había publicado.
Gálvez anticipó que será por única vez y que se validará con la PLAME, para comprobar que el trabajador recibió el aumento desde octubre. Según el especialista, el bono no compensa el costo anual del alza, que es permanente y arrastra a todos los beneficios sociales.
El gremio sugirió revisar la estructura salarial, porque al nivelar los sueldos más bajos el personal con más responsabilidades puede quedar con remuneraciones muy cercanas a las del personal base.
También recomendó presupuestar desde ahora el segundo tramo de S/70, que llevará la RMV a S/1,300 en el primer semestre de 2027 y requerirá otro decreto supremo. Con ese monto, la asignación familiar subirá a S/130 y el aporte mínimo a EsSalud, a S/117.