La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha emitido sendas disposiciones para permitir a los contribuyentes de las micro y pequeñas empresas (mypes) cumplir con sus obligaciones tributarias, extendiendo los plazos de vencimiento.
Asimismo, las mypes pueden solicitar, excepcionalmente, la devolución de las detracciones del IGV y/o IVAP no aplicadas, entre el 9 y 13 de enero 2023, afirmó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
¿Qué ha dispuesto la norma?
Primero, la prórroga de las fechas de vencimiento para la declaración y el pago de sus obligaciones tributarias mensuales correspondientes al período diciembre de 2022, hasta las fechas de vencimiento que corresponden al período enero de 2023.
Segundo, la prórroga de las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicas correspondientes al mes de diciembre de 2022, hasta las fechas máximas de atraso que corresponden al período enero de 2023.
Devolución de detracciones
La Sunat también estableció un procedimiento de emergencia para solicitar la libre disposición de los montos depositados a que se refiere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias.
“Se permite al contribuyente con ingresos de hasta 1700 UIT entre noviembre 2021 a octubre 2022, presentar la solicitud de devolución, por única vez, entre el 9 y 13 de enero 2023, mediante SUNAT operaciones en Línea.», dijo Álvaro Gálvez.
Además, cabe recalcar que la solicitud comprende el saldo acumulado en la cuenta hasta el 4 de enero de 2023.