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Retiro CTS 2024: ¿Cómo calcular el monto que me corresponde?

Descubre todos los pormenores relacionados con el retiro de tu CTS, así como las acciones a seguir en caso de no recibir el pago u otros inconvenientes.
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Retiro CTS 2024: ¿Cómo calcular el monto que me corresponde?

Más de cinco millones de trabajadores formales en todo el país aguardan el acceso al retiro total de su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), con plazo hasta el 31 de diciembre de 2024.

La presidenta Dina Boluarte y su gabinete, tienen 15 días para poder observar la ley y proceder a su publicación en el Diario Oficial «El Peruano».

Fuente: Canal de YouTube de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)

¿Qué es la CTS?

Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio para los trabajadores, consistente en dos depósitos anuales, realizados en mayo y noviembre, que realiza el empleador y que en conjunto suman aproximadamente un sueldo. La finalidad de esta es proteger al trabajador ante una eventual pérdida del puesto de trabajo.

¿Cómo calcular el pago de mi CTS?

El cálculo de la CTS se realiza de la siguiente forma para quienes han trabajado durante todo un periodo completo:

  • CTS = 50% del Sueldo Mensual (sin descuentos) + 1/6 de la Gratificación recibida en el periodo + 1/6 del total de horas extra + Asignación familiar (si aplica).

Cuando el trabajador percibe una remuneración mensual variable, el monto que recibirá por concepto de CTS será equivalente al promedio de lo que ha percibido entre los meses de mayo a octubre

¿Qué pasará con mi CTS si llegara a morir?

Si el titular de una cuenta CTS en Perú fallece, el dinero que tenía en esa cuenta se transfiere a sus herederos legales.

Para hacer esto, los beneficiarios necesitan presentar documentos como el certificado de defunción y una declaración que muestre quiénes son los herederos. Esta transferencia sigue las leyes sobre herencias que están en vigor.

¿En qué casos no puedes acceder a la CTS?

Todos los trabajadores están en su derecho de recibir Compensación de Tiempo por Servicio (CTS), pero en según Superintendencia de Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), solo estos trabajadores no pueden acceder a CTS:

  1. Trabajadores que tengan menos de tres meses laborando.
  2. Trabajadores a tiempo parcial
  3. Trabajadores que estén sujetos a la Remuneración Integra Anual
  4. Trabajadores de Microempresas