El Reglamento de Tránsito ha sido modificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) con la finalidad de reducir los accidentes de tránsito y proteger la vida de las personas.
Dentro de las modificaciones se encuentran la reducción de los límites máximos de velocidad en zonas urbanas y en vías que cruzan centros poblados a nivel nacional.
El director general de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, Lenin Checco Chauca, señaló que los nuevos límites entran en vigencia hoy, viernes 14 de enero. Sin embargo, los municipios provinciales, distritales o metropolitano tienen hasta el 17 de julio para implementar la señalética respectiva.
Los funcionarios municipales responsables del transporte urbano que no adecúen sus normativas a los nuevos límites de velocidad hasta la fecha indicada estarán en falta.
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Sanciones
Las sanciones impuestas pueden variar según el tipo de infracción: para tipo a) S/ 828. b) S/ 1104. c) S/2300. d) S/ 828.
“Los funcionarios municipales encargados de la gestión de la infraestructura vial, en caso no cumplan con las disposiciones del DS 025-2021-MTC, pueden ser sujetos de procedimientos disciplinarios a cargo de OCI correspondiente”, manifestó.
Nuevos límites
El Decreto Supremo 025-2021-MTC dispone que en zonas urbanas los límites máximos serán de 30 km/h en calles y jirones, mientras que en avenidas será de 50 km/h.
Por otro lado, en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas, zonas escolares u hospitales el límite será de 30 km/h en zonas comerciales, de 50 km/h en zonas residenciales y de 30 km/h en zonas escolares/hospitales.