Según el abogado laboralista Ricardo Herrera, la reciente ley aprobada por el Congreso de la República, que protege a los padres trabajadores que son el único sostén económico de su familia y tienen un hijo menor de un año, es innovadora y sin precedentes en América Latina, y posiblemente a nivel mundial.
“Esta nueva norma es única en América Latina y probablemente única en el mundo, porque en los países desarrollados, cuando la madre trabajadora pierde el empleo, tiene un beneficio de subsidio por desempleo, es decir, el Estado le paga un subsidio equivalente al 80 y 100 por ciento de su remuneración por un tiempo determinado”, comento Herrera a Andina Canal Online.
¿Cómo puedo acceder a mi CTS?
“En nuestro país no tenemos seguro de desempleo, tenemos la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) que es igual al seguro de desempleo, pero que hasta el año pasado fue 100 % de libre disponibilidad, por lo cual muy probablemente muchas madres trabajadoras ya no tengan CTS en el banco”, agrego Herrera a su comentario.
Explicó que en vista de este caso y en un contexto de falta de trabajo, el Congreso considera que es necesario brindar protección a los padres, con el objetivo de prevenir posibles casos de discriminación.
“En el despido en caso de los trabajadores varones padres de familia contratados a plazo indefinido, o la no renovación del contrato temporal de dichos padres, se presume que el acto de hostilidad cometido por el empleador contra el trabajador es discriminatorio, por razón de su condición de padre durante todo el periodo de embarazo y el año de lactancia de la madre, en tanto la madre no tenga relación laboral, esté desempleada”, comento Herrera.
¿Qué más se puede podría decir de la ley?
Ricardo Herrera explicó que para aclarar los detalles de la ley aprobada, existen dos opciones: una es mediante acciones llevadas a cabo por el Congreso de la República y la otra es a través del Ejecutivo en la creación del reglamento de la ley aprobada.
“Creo que es importante responder al espíritu de la ley, porque si no se puede desvirtuar la ley, el trabajador que no tiene convivencia con la madre, que no va a responder económicamente por el hijo e inclusive no va a firmarlo como suyo, que no va a ser responsable en absoluto del hijo ¿Por qué va a tener esta protección que está pensado justamente para el padre como solventador de la economía familiar?», comento Herrera.
¿Qué vías hay existen para reclamar por tus derechos laborales?
En caso el padre trabajador haya sido objeto de un despido por tener un hijo menor a un año de edad, el abogado Ricardo Herrera explicó que tiene tres vías:
- Sunafil
- Corte Laboral
- Vía Judicial