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Manuel Merino, el ex presidente que duró 6 días y podría recibir una pensión vitalicia de 15 mil soles

El 8 de agosto de 1995, durante el Gobierno de Alberto Fujimori, se publicó en el Diario El Peruano la Ley N° 26519 que establece pensión para ex Presidentes de la República.
Por Infomercado
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El 8 de agosto de 1995, durante el Gobierno de Alberto Fujimori, se publicó en el Diario El Peruano la Ley N° 26519 que establece pensión para ex Presidentes de la República.

El proyecto fue presentado tres meses antes por el entonces congresista Carlos Ferrero con el argumento de que «el ejercicio de tan importante cargo debe merecer el reconocimiento pleno del Estado».

La justificación completa para presentar este proyecto fue la siguiente: 

En 1995, el Congresista Carlos Ferrero presentó el proyecto de ley para que ex presidentes reciban una pensión vitalicia.

La ley, que se compone de cuatro artículos, indica que los ex Presidentes Constitucionales de la República gozarán de una pensión vitalicia equivalente al total de los ingresos de un Congresista (15,600 soles) en actividad.

¿Pero qué pasa con un caso como el de Manuel Merino de Lama? El ex presidente del Congreso juró como presidente de la República y solo duró en el cargo seis días, pues presentó su renuncia ante las protestas de la gente.

La Ley 26519 cuenta con con cuatro artículos y nunca ha tenido observaciones.

Por lo que indica la ley, la única forma de que este beneficio para los ex Presidentes se suspenda es que el Congreso haya formulado acusaciones constitucionales contra los ex mandatarios, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes.

«Sin duda que Manuel Merino es ex presidente. Él ejerció, aunque por pocos días. Ahora, habrá que ver si el TC declara inconstitucional la forma en que él llegó al poder. Ahí ya no se trataría de un ex presidente constitucional y por lo tanto no le correspondería el beneficio«, explica Luis Castillo, abogado constitucionalista, miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Piura y profesor en la UDEP.

Pero si el TC considera que Merino llegó al poder de forma constitucional, el legislador contaría con una pensión vitalicia de 15,600 soles pese a haber estado solo cinco días en Palacio de Gobierno.

«Convendría replantear esta ley y crear otras excepciones, porque se ha creado para reconocer una prestación notable de servicios. Es irrazonable premiar a quien ha hecho todo lo contrario. El caso de Alejandro Toledo, por ejemplo, es muy claro«, comentó el especialista.

¿Y quién se hace cargo de este pago? En el artículo 3, se menciona que el Congreso de la República incluye anualmente la partida o partidas para el pago de esta pensiones.

Está en manos del TC evitar que esto pase y seguir indignando al pueblo peruano.