Bonos y Subsidios

Bono para mujeres embarazadas 2023: ¿Cómo cobrar los S/820 del subsidio?

Descubre aquí cómo acceder al beneficio de EsSalud de S/820 en este 2023.
Por Jordy Acevedo
2 minutos
bono para mujeres embarazadas

El Seguro Social de Salud (EsSalud) otorga un Bono para mujeres embarazadas denominado Bono Lactancia de S/820. Conoce aquí cómo saber si eres beneficiaria y cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio en este 2023.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Bono para Mujeres Embarazadas?

Para poder solicitar el bono para mujeres embarazadas en este 2023 necesitas cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con 3 meses de contribución consecutivos o con cuatro no consecutivos (es decir no seguidos) dentro de los seis meses calendarios anteriores al mes en el que se inició la contingencia o parto del lactante.
  • El asegurado agrario tiene que contar con 3 meses consecutivos de contribuciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto o nacimiento del bebé.
  • Se tiene que contar con un vínculo laboral o trabajo al momento del nacimiento.
  • El lactante tiene que estar inscrito como derecho habiente del asegurado (madre).
  • Si la madre del bebé o lactante no se encuentra inscrita o asegurada titular, tendrá que estar inscrita en EsSalud para aprovechar este beneficio.
  • En el caso de que el lactante haya fallecido, corresponde efectuar la inscripción póstuma para igualmente reclamar dicho beneficio.

¿Cómo solicitar el pago del subsidio?

Podrás acceder al bono para mujeres embarazadas o bono lactancia de S/820 siempre y cuando presentes la siguiente documentación:

  • El formulario 1040, correctamente llenado. Este es el LINK de DESCARGA
  • Documento de identidad original.

Por otra parte, para que lo pueda cobrar un tercero debe entregar los siguientes datos:

  • Copia del DNI del tercero que realiza el trámite de la solicitud y mostrar original.
  • Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud.

Si la madre del lactante falleció, el tercero debe presentar lo siguiente:

  • Partida original de defunción de la madre (que presentará el padre o tutor).
  • Documento que acredite la tutela del niño, en el caso de tutor y de abandono del menor.

En el caso la madre del lactante sea menor de edad y soltera, sin título oficial que la autorice a ejercer una profesión u oficio, la prestación se pagará a través de su padre o tutor.

Deberá presentar:

  • Copia y mostrar el original del documento que lo acredite como tal.