El Congreso de la República aprobó la denominada “Ley Silla”, una norma que obligará a empresas públicas y privadas a implementar espacios de descanso sentado para trabajadores que permanezcan de pie durante más de tres horas continuas en su jornada laboral.
La autógrafa de ley fue enviada al presidente José María Balcázar para su eventual promulgación. La medida alcanzará a sectores como comercio minorista, restaurantes, turismo, salud, servicios financieros, transporte, educación y vigilancia privada.
Empresas deberán implementar sillas ergonómicas
La norma establece que los empleadores deberán proporcionar sillas o asientos con respaldo y condiciones ergonómicas mínimas para permitir pausas y alternar posturas durante la jornada laboral.
Además, las compañías estarán obligadas a incorporar estas disposiciones dentro de sus reglamentos internos de trabajo.
El texto también permite implementar sistemas rotativos de sillas, siempre que todos los trabajadores tengan acceso al descanso sentado.
Según el dictamen aprobado, permanecer de pie por periodos prolongados puede generar problemas musculares, dolor lumbar, várices y desgaste articular.
Empresas tendrán hasta 12 meses para adecuarse
La ley contempla un plazo máximo de 12 meses para que las empresas adapten progresivamente sus centros laborales.
Durante ese periodo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral realizará inspecciones orientadoras para supervisar la implementación de la norma.
Sin embargo, la obligación no aplicará en puestos donde permanecer de pie sea indispensable por razones operativas o de seguridad.
Entre las actividades excluidas figuran operarios en líneas de producción industrial, trabajadores agrícolas de campo y agentes de seguridad que realizan control activo. En esos casos, las empresas deberán aplicar pausas activas u otras medidas equivalentes.
Cámara de Comercio de Lima cuestiona la medida
La Cámara de Comercio de Lima expresó observaciones sobre la denominada “Ley Silla” durante el debate legislativo.
El gremio empresarial señaló que la regulación no garantiza por sí sola mejoras en productividad o bienestar laboral y advirtió que algunos criterios podrían generar interpretaciones ambiguas durante la fiscalización.
También cuestionó que ciertas sanciones consideradas graves podrían representar mayores costos de adecuación para las empresas.
Países de la región ya aplican normas similares
Normas similares ya existen en países como México, Chile, Argentina y España.
En México, por ejemplo, se aprobaron reformas laborales en 2024 que obligan a empresas del sector comercio y servicios a permitir descansos periódicos y proporcionar asientos ergonómicos.
Chile y Argentina también mantienen regulaciones que prohíben mantener de pie de forma permanente a trabajadores de establecimientos comerciales e industriales.