Opinión

Fiscalización de políticas salariales: Escalas remunerativas y discriminación entre varones y mujeres

Por Aldo Cárcamo Otero Publicado: Últ. actualización: 29 mayo, 2020 22:58
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Dentro del marco de las fiscalizaciones laborales que ejerce la Sunafil, se ha sumado una obligación establecida a finales del año 2017 con la promulgación de la Ley 30709 y posteriormente su Reglamento, normas que tienen como primer objetivo la prohibición de la discriminación salarial ente varones y mujeres, mediante la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.

Las mencionadas normas, establecen que es la Sunafil la encargada de velar por el cumplimiento de lo establecido, pudiendo imponer multas de hasta S/, 189,000.00 soles a los Empleadores que las infrinjan; para lo cual desde su promulgación otorgó el plazo de un año dentro del cual las Empresas pasibles de fiscalización deben haber elaborado y adecuado sus Políticas Salariales, dígase “cuadros de categorías, escalas remunerativas y funciones”, mientras que las que ya cuentan con uno, pueden mantenerlos siempre que no desnaturalicen el fin de la ley.

Las remuneraciones que corresponden a cada categoría las fijará el empleador sin discriminación. Además, la entidad empleadora debe asegurar que en sus planes de formación profesional y de desarrollo de capacidades laborales de sus trabajadores se garantice la igualdad entre mujeres y hombres.

En el interior de la empresa, se debe garantizar un trato digno, un clima laboral con base en el respeto y la no discriminación, la compatibilidad de vida personal, familiar y laboral y se garantice particularmente la prevención y sanción del hostigamiento sexual, siendo para estos casos la aplicación de las medidas establecidas en la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.

De igual manera, por medio de la ley queda prohibido que la entidad empleadora despida o no renueve el contrato de trabajo por motivos vinculados con la condición de que las trabajadoras se encuentren embarazadas o en período de lactancia.

En este sentido, es muy importante que los Empleadores tengan en cuenta que la implementación de la Política Salarial viene a ser una herramienta mas con la que deben contar para garantizar el cumplimiento de la no discriminación salarial, como fin primordial de la promulgación de dicha norma, sin embargo esto no deja de lado que también se convierte en un herramienta de cumplimiento obligatorio para no incurrir en una falta laboral y consecuentemente en una multa que impacte sobre su economía.