El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que faculta a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), conciliar, desistirse, transigir o allanarse en los procesos judiciales en materia previsional del régimen pensionario establecido por el Decreto Ley 19990.
La ONP queda facultada para que actúe de oficio en los procesos judiciales que en materia previsional referidos al Decreto Ley 19990 y demás normas modificatorias y complementarias se encuentren en trámite a la fecha de vigencia de la ley, así como en los procesos que se inicien a partir de la misma.
La norma establece que la ONP, al allanarse en los procesos judiciales que se encuentren actualmente en trámite y los que se inicien a partir de la vigencia de la ley, lo hará en base a los criterios, como el cálculo de la remuneración de referencia y aportes facultativos abonados con posterioridad al cumplimiento de requisitos para la obtención del derecho a una pensión.
También deberá considerar la aplicación del artículo 6 de la Ley 25009, Ley de Jubilación de Trabajadores Mineros; reconocimiento de aportes como empleados anteriores al mes de octubre de 1962; pensiones devengadas; bonificación complementaria del 20 % del Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares (FEJEP) y acreditación de aportes.