Desde este domingo primero de enero del 2023 la medida dispuesta por el Gobierno entra en vigencia. El Decreto Supremo (DS) 311-2022 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), publicado en las Normas Legales del diario oficial El Peruano para el aumento del sueldo es una realidad. Mira todos los detalles en la siguiente nota de InfoMercado.
¿Quienes serán los beneficiarios del aumento?
Este incremento salarial le corresponde a los servidores, directivos y funcionarios de los siguientes regímenes:
- Decreto legislativo 728 (Ley de Fomento del Empleo)
- Decreto legislativo 1057 (Ley que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS)
- Ley 30057 (Ley del Servicio Civil)
- Ley 29709 (Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria)
- Ley 28091 (Ley del Servicio Diplomático de la República).
¿De cuánto será el incremento de tu ingreso mensual?
Los empleados regidos por el Decreto Legislativo n.º 728 tendrán un aumento mensual de S/ 51,11. Asimismo, los trabajadores CAS (régimen 1057) accederán a una mejora salarial de S/ 64,19. Los servidores de la Ley n.º 30057 (Servir) gozarán de una adición al mes de S/ 52,21 y los trabajadores de las leyes 29709 y 28091 tendrán una mejoras de S/ 55,67 en su remuneración.
Sin embargo la norma tambien establece que el ingreso mensual total de cada empleado no deberá superar los S/ 15.600.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el aumento de sueldo?
Según el mismo Decreto Supremo, las condiciones para tener este incremento mensual son las siguientes:
- Si trabajas en alguna entidad del Gobierno Nacional o regionales, tienes que estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Tu ingreso mensual total no debe superar los S/15,600.