Educación

Advierten inconstitucionalidad de proyectos que buscan regular pago de matrículas y pensiones

Esta es una advertencia del equipo de especialistas constitucionales de la Federación de Instituciones Privadas Educación Superior (Fipes) a los nueve Proyectos de Ley admitidos en el Congreso de la República. Aquí las opiniones de Víctor García Toma y Natalie Amprimo.
Por Infomercado
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“Iniciativas que afectan los derechos establecidos en la Constitución como la autonomía la universitaria, propiedad, libertad de empresa y de contratación, entre otros”, calificó el equipo de especialistas constitucionales de la Federación de Instituciones Privadas Educación Superior (Fipes) a los nueve Proyectos de Ley admitidos en el Congreso de la República.

Como se recuerda, estos proyectos de ley buscan regular las pensiones y matrículas de los estudiantes de instituciones educativas privadas en el país.

Entre los especialistas figuran Víctor García Toma, ex ministro de Justicia y ex presidente del Tribunal Constitucional, y el constitucionalista Natale Amprimo, quienes analizaron los nueve Proyectos de Ley fueron presentados desde el 24 de marzo «para controlar, limitar o congelar cobros de pensiones y matrículas».

Los expertos resaltaron que estos proyectos legislativos afectan los derechos de autonomía universitaria, propiedad, libertad de empresa y de contratación.

García Toma y Amprimo consideraron que las iniciativas transgreden la prohibición constitucional de aplicación retroactiva de la ley, poniendo en riesgo el funcionamiento de las universidades e instituciones educativas privadas.

Además, aseguraron, carecen de sustento técnico sobre su impacto regulatorio y análisis de costo-beneficio.

“La regulación de la actividad empresarial en el campo de la educación deberá tener como límite el contenido esencial de las libertades económicas, entre ellas, la libertad de empresa”, afirmó el expresidente del Tribunal Constitucional.

En ese sentido, consideró que una iniciativa legislativa no puede desconocer que “nos encontramos en una economía social de mercado y por ello debe respetar los límites establecidos para la actuación del Estado en el mercado», acotó el constitucionalista.

Víctor García añadió que “el ordenamiento jurídico ya contempla vías para que todo usuario del servicio educativo que se considere afectado en sus derechos pueda hacerlos valer, ya sea a través de las entidades administrativas que pone el Estado a su disposición o el Poder Judicial”, opinó.

El constitucionalista Natale Amprimo agregó que los Proyectos de Ley que debate el Congreso “no analizan que la educación no presencial es una medida de emergencia y no una decisión derivada de la voluntad de los gestores de las instituciones privadas».

Amprimo añadió que «parten de la presunción que la prestación no presencial es no efectiva, cuando tanto la presencial como la no presencial son modalidades útiles y efectivas, por lo que no corresponde que se afecten las pensiones ni la matrícula, contraprestación a la que tienen derecho los proveedores de tal servicio”.