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Trabajadores ya pueden acogerse de la Ley del Teletrabajo a partir del 28 de abril

La Ley del Teletrabajo para empresas públicas y privadas estará sujeta a la fiscalización de la Sunafil y Servir.
Por Adaleiny Calle Publicado: Últ. actualización: 29 abril, 2023 09:24
3 minutos

A partir de hoy, entra vigencia la Ley del Teletrabajo para empresas públicas y privadas. Dicha norma estará sujeta a la fiscalización de la Sunafil y Servir.

Esta ley permite que lo trabajadores que laboran de forma presencial puedan solicitar su trabajo de manera remota, además de que las compañías puedan identificar puestos laborales y sean trasladados a teletrabajo, para luego establecer acuerdos con sus trabajadores bajo esta nueva modalidad, informó el viceministro de Trabajo, Juan Navarro, para TV Perú.

Cabe mencionar que el plazo de adecuación de las empresas a esta norma fue de 60 días, venciéndose el 27 de abril.

¿Qué debe hacer el trabajador para acceder a esta Ley?

A partir de la fecha, los trabajadores podrán solicitar a su empleador la modalidad de teletrabajo, amparándose en la Ley. Lo cual la empresa solo cuenta con 10 días para darle respuesta positiva o negativa.

Si la solicitud fue negada, el empleador debe fundamentar con razones el porqué de su respuesta, y según el Ministerio de trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), no es suficiente con negar la solicitud, sino que, debe adicionar a ello el porqué de la negativa.

Según la norma, si el empleador no le da respuesta a la solicitud durante los 10 días, esta quedará como aprobada.

Navarro detalló que la ley beneficiaria al trabajador, puesto que al convertirse en un “teletrabajador”, le permitirá hacer un balance de sus gastos y ahorrar en su desplazamiento.

¿Quién cubre los gastos del teletrabajo?

Esta Ley permite al teletrabajador tener una desconexión digital de 12 horas, en las que debe apagar o desconectar los equipo o medios digitales de telecomunicaciones utilizados para sus labores.

En la misma línea, señala que el que debe asumir los gastos por servicio y/o a internet y consumo de energía debe ser la compañía. Pero también, esto puede estar sujeto a un acuerdo entre ambas partes.

Para los trabajadores que se encuentran laborando en ambas modalidades, el viceminstro explicó que si no hay un acuerdo previó, en automático es el empleador el que cubre los gastos.

¿Con cuánto puede ser multada la empresa que no se adecúa?

Las multas por incumplimiento de la norma van desde los S/1.287 hasta los S/260.023,50, clasificados en niveles como leves, graves y muy graves.

Ley N°31572: Requisitos quede tener el contrato

El MTPE anunció que el documento donde se vaya a convenir las labores de teletrabajo, debe tener como mínimo los siguientes puntos:

  • Las obligaciones del empleador en el marco del teletrabajo.
  • Los derechos y las obligaciones del trabajador en el marco del teletrabajo.
  • Las medidas de protección contra el hostigamiento sexual en el teletrabajo.
  • Las medidas de seguridad y salud en el teletrabajo.
  • Las medidas de seguridad y confianza digital.
  • Las medidas de seguridad y la periodicidad de mantenimiento de los equipos digitales, en caso el empleador los provea.
  • Los ajustes razonables, en caso de trabajadores con discapacidad.
  • Las otras especificaciones que señala la Ley.