El plazo para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta Sunat para trabajadores y empresas finaliza a partir de marzo. La Sunat ha publicado el cronograma para la presentación de impuestos, donde se detalla que el primer plazo vence el 24 de marzo y fue anunciado a fines del año pasado.
Impuesto a la Renta Sunat: ¿Hasta cuándo puedo declarar mis tributos?
Este cronograma de vencimientos se extiende hasta el 11 de abril y depende del número de RUC del contribuyente. Estas son las fechas límite para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta Sunat 2023 según el último dígito del RUC:
- RUC terminado en 0: 24 de marzo de 2023
- RUC terminado en 1: 27 de marzo de 2023
- RUC terminado en 2: 28 de marzo de 2023
- RUC terminado en 3: 29 de marzo de 2023
- RUC terminado en 4: 30 de marzo de 2023
- RUC terminado en 5: 31 de marzo de 2023
- RUC terminado en 6: 3 de abril de 2023
- RUC terminado en 7: 4 de abril de 2023
- RUC terminado en 8: 5 de abril de 2023
- RUC terminado en 9: 10 de abril de 2023
Hasta el 11 de abril del 2023, aquellos buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) podrán presentar su declaración.
A partir del 6 de marzo del 2023, el Formulario Virtual N.° 709 estará disponible en Sunat Virtual (LINK AQUÍ) y en la APP Personas para que los usuarios puedan presentar su declaración. No será necesario esperar a los plazos de vencimiento, ya que se podrá presentar la declaración desde esa fecha.
¿Quiénes deben declarar el Impuesto a la Renta?
La Sunat ha indicado que deben presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta Sunat los trabajadores que reciban ingresos en planilla (Renta de Quinta categoría) y que también deduzcan gastos de arrendamiento.
Asimismo, deben presentar la declaración los trabajadores independientes que perciban rentas de cuarta categoría, además de montos de quinta categoría y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
Además deben declarar aquellos que tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
Por otro lado, las empresas que hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT) también están obligadas a presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta Sunat.