Si eres uno de los pensionistas que pasaron del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado (SPP), por ley te corresponde cobrar el Bono ONP 2022 de 930 soles. Sin embargo, debes saber que existen ciertos requisitos que necesitas cumplir para acceder a la devolución de fondos. Conócelos aquí.
► LEE TAMBIÉN: LINK Retiro AFP 2022: Requisitos y cómo puedo saber si accedo al retiro de mi AFP
¿Cómo saber si soy beneficiario?
Además de ser exaportante del SNP, para poder acceder a este bono debes cumplir con ciertas condiciones y estas dependen de la fecha en las que realizaste tus aportes:
– Bono 1992: haber estado afiliado al SNP con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en alguna AFP. Que sus aportes se hayan realizado por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.
– Bono 1996: haber estado afiliado al SNP y luego a una AFP desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.
– Bono 2001: Que el aporte al SNP haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.
– Bono 20530: Según la la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.
► LEE TAMBIÉN: Calendario Retiro AFP 2022: Verifica aquí el cronograma para presentar las solicitudes
Retiro ONP 2022, Devolución de Fondos: ¿cómo se solicita?
Debes solicitarlo ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estás afiliado. Ellos contarán con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Tu AFP será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.
Retiro ONP 2022, Devolución de Fondos: ¿Cuándo podré cobrarlo?
El pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.
Para efectuar el cobro, el beneficiario no está limitado por una fecha en particular, ya que los 930 soles son abonados a la propia cuenta del jubilado.