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Retiro CTS 2022 Perú: Entérate AQUÍ cuándo podrás sacar el dinero de la Compensación por Tiempo de Servicios

En esta nota también podrás consultar si eres parte de los grupos de trabajadores que podrán retirar su CTS.
Por Jennifer Morote Publicado: Últ. actualización: 11 mayo, 2022 22:08
4 minutos
Retiro CTS 2022
Este 05 de mayo el Congreso de la República del Perú aprobó el proyecto de ley que establece el retiro total de la Compensación de tiempo de Servicios este 2022. Solo queda pendiente que el Ejecutivo apruebe la propuesta y se inicie con la devolución del dinero. A continuación, te contamos si ya ha confirmado una fecha para que puedas sacar el dinero de tu CTS y cuál es el máximo que podrás retirar.

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Retiro CTS 2022 Perú: ¿Cuándo podré sacar el dinero de la Compensación por Tiempo de Servicios?

Se espera que como en los anteriores años, la CTS se pague dentro de los primeros 15 días de forma semestral en los meses de mayo y noviembre. 

  • Del 1 de noviembre al 30 de abril – Depósito de mayo.
  • Del 1 de mayo al 31 de octubre – Depósito de noviembre.

Sin embargo, todo depende de la decisión del Ejecutivo. De no estar de acuerdo con la iniciativa, esta se retornará al Congreso para un nuevo debate. Sin embargo, en el caso la autógrafa de ley se apruebe, el Gobierno tendrá dictar las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario, desde la entrada en vigencia la ley.

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Retiro CTS 2022 Perú: ¿Cómo calcular mi CTS?

Para saber cuánto dinero te depositarán  debes realizar lo siguiente:

  • Tome tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de su gratificación (es decir, divida su gratificación entre seis).
  • Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180 días).

Por ejemplo, con un sueldo básico de S/ 1,500:

  • 1/6 de gratificación: S/ 250
  • Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750
  • Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1,750/360 = 4.86
  • Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
  • Lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.

Esta información también podrás consultarla en el banco donde la empresa en que trabajas te paga el sueldo por tus servicios (solo el personal en planilla tiene acceso a este beneficio). A continuación, te alcanzamos los números de contacto y canales digitales de cada entidad financiera:

  • BBVA: accede a la banca por internet. Puedes comunicarte al número de atención al cliente: (01) 595-0000.
  • BCP: consulta a través de Vía BCP o en sus agencias a nivel nacional. Comunícate a la banca por teléfono: (01) 311-9898.
  • Interbank: consulta a través del app Interbank.
  • Banco Ripley: solicita información a través de sus canales digitales, en sus agencias a nivel nacional o llama a la línea: (01) 611-5757.
  • Caja Huancayo: puedes pedir información a través de la aplicación móvil o la web de Caja Huancayo, así como cajeros GlobalNet o contactar al número: 0800-10064 o al (64)481000.
  • Caja Arequipa: realiza tus consultas a través de su banca por internet y de la app Caja Arequipa Móvil.
  • Caja Trujillo: podrás consultar tu saldo en la web y en la app Caja Trujillo Móvil.

Retiro CTS 2022 Perú: ¿De cuánto dinero de mi CTS podré disponer?

Se podrá retirar todo lo que los trabajadores tengan acumulado a la fecha de la presente disposición.

¿Cómo sé si estoy dentro de la lista de trabajadores que acceden a la CTS?

Debes saber que los empleados que accederán a la CTS son los siguientes:

  • Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
  • Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
  • En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.

Por su parte, quienes NO accederán a la CTS son:

  • Los trabajadores que hayan laborado una jornada menor a cuatro horas diarias.
  • Los trabajadores de la microempresa, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
  • Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicios no reciben su CTS.
  • Los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios.

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