El Perú vive una crisis política luego de que el ex mandatario, Pedro Castillo, anunciara la disolución del Congreso de la República. Ante esto, los parlamentarios lo vacaron basándose en el artículo 46 de la Constitución Política del Perú.
Pedro Castillo anunció esta mañana la disolución del Congreso y la reforma de las instituciones que conforman el Sistema de Justicia del país, entre ellas, el Poder Judicial, la Junta Nacional de Justicia, el Ministerio Público y el Tribunal Constitucional.
Al respecto, la JNJ ofreció un pronunciamiento donde comunicó que invocó a las Fuerzas Armadas, a la Policía de Perú y ciudadanía a defender el “orden constitucional”.
¿Qué dice el artículo 46 de la Constitución Política del Perú?
El artículo 46 de la Constitución Política del Perú dice lo siguiente:
Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes.
La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.
Por otro lado, la presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, en un pronunciamiento descartó la posibilidad de acatar lo dictado por Castillo Terrones y refirió que desde este poder del Estado condena cualquier acción que atente contra el orden constitucional y legal.
Entidades del Estado se pronuncian
“El Poder Judicial, como poder y pilar fundamental del sistema de justicia, como poder del Estado, se mantendrá firme en el cumplimiento de sus funciones y no acatará bajo ningún fundamento, bajo ninguna circunstancia, una decisión inconstitucional y hará respetar sus fueros en el bien de toda la ciudadanía. La impartición de justicia es esencial en nosotros”, señaló.
“Garantizamos independencia en el ejercicio de nuestras funciones y el pleno y efectivo funcionamiento de todos los órganos jurisdiccionales del país. Continuaremos luchando firmemente contra la corrupción y condenamos todas las acciones que quiebren el orden constitucional y legal”, agregó.