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MTC modifica proceso de revalidación de licencias de conducir: ¿Cuáles son los nuevos requisitos?

Esto se realizará en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información y la Dirección General de Autorizaciones en Transportes.
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MTC licencia de conducir

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) realizó modificaciones en el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir. Esta actualización se encuentra en el decreto supremo N° 011-2024-MTC, publicado en la edición extraordinaria de normas legales del diario oficial El Peruano.

El Decreto Supremo sobre esta modificación, refrendado por Dina Boluarte, y el ministro de MTC, Raúl Pérez Reyes, será publicado en la sede digital MTC.

¿Cuáles son las modificaciones?

El ajuste se centra en el literal a) del numeral 19-A.2 del artículo 19-A del mencionado reglamento. Específicamente en lo relacionado con la revalidación de las licencias de conducir.

Esto indica que a partir de ahora para revalidar una licencia en la misma categoría o en una inferior dentro de las Clases A y B, los solicitantes deben presentar una solicitud con carácter de declaración jurada.

¿Qué debe incluir la declaración jurada?

La solicitud debe estar debidamente completada con los datos personales del solicitante y cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
  2. Contar con un certificado de salud para Licencias de Conducir, expedido, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
  3. En el caso de las Licencias de Conducir de la Clase A Categorías II y III y de la Clase B Categoría II-C. En caso tengan sanciones por infracciones muy graves o sanciones por infracciones graves de los códigos G.01, G.02, G.03, G.04, G.05, G.12, G.18b, G.21, G.27, G.28, G.29, G.32, G.33, G.37, G.39, G.64 y G.65 del Reglamento Nacional de Tránsito (aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC), estas deben estar firmes o haber agotado la vía administrativa.
  4. Haber aprobado un examen de conocimientos realizado en un Centro de Evaluación previamente registrado en el SNC.

¿Desde cuándo se implementarán las modificaciones?

Según la norma, el MTC tiene un plazo máximo de 30 días calendario desde la publicación del Decreto Supremo para implementar las modificaciones necesarias en el Sistema Nacional de Conductores.