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Indecopi sanciona a BBVA con 10.75 UIT por ocultar el tipo de cambio en una compra

El tribunal ordenó devolver S/5,238.15 más intereses y concluyó que el banco informó tarde el tipo de cambio aplicado a una compra de US$3,700.

Por Renzo Reusche
2 minutos
Indecopi multa a BBVA con 10.75 UIT
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La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi sancionó a Banco BBVA Perú S.A. con 10.75 UIT y le ordenó devolver S/5,238.15 más los intereses legales correspondientes, tras una controversia por el tipo de cambio aplicado a una compra en dólares. La decisión quedó consignada en la Resolución 1227-2026/SPC-INDECOPI, emitida el 9 de abril de 2026.

¿Qué revisó el tribunal y cuáles son las sanciones?

El caso se originó en una operación por US$3,700 iniciada el 12 de mayo de 2024. Según el expediente, el banco procesó la compra dos días después y aplicó un cargo de S/16,406.60. Luego, cuando la operación fue revertida, BBVA abonó S/11,168.45, lo que dejó una diferencia de S/5,238.15.

La Sala confirmó una multa de 0.86 UIT por infracción al deber de información, impuso 6.89 UIT por no aplicar la tasa de cambio de la fecha de la operación y añadió 3.00 UIT por la conversión unilateral de dólares a soles. En conjunto, la sanción total llegó a 10.75 UIT.

Además de las multas, el tribunal ordenó que BBVA devuelva a la consumidora el monto de S/5,238.15 dentro de un plazo de 15 días hábiles, contado desde la notificación de la resolución, y que pague los intereses legales generados desde el 15 de mayo de 2024 hasta la devolución efectiva. También dispuso su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones.

En su análisis, la sala consideró que la conducta del banco afectó la confianza de los consumidores en las transacciones en moneda extranjera.

El expediente también dejó constancia de que el criterio aplicado por el Indecopi respondió a su facultad de supervisar el mercado y proteger a los usuarios frente a posibles incumplimientos contractuales.

El fallo refuerza que las entidades financieras deben informar con claridad el tipo de cambio que aplicarán y respetar las condiciones ofrecidas al momento de la operación.

Si se produce una conversión o devolución con un criterio distinto sin sustento contractual, el consumidor puede exigir corrección y reclamar ante el Indecopi.