El Bono Escolaridad o Bonificación por Escolaridad es el nuevo subsidio que el Gobierno ha autorizado para los trabajadores del sector público y sector privado. Conoce aquí el LINK oficial de consulta y cómo cobrar en enero el Bono Escolaridad 2022.
► LEE TAMBIÉN: Retiro AFP 2022: Consulta el LINK para retirar todos tus aportes
Bono Escolaridad 2022 LINK Oficial de consulta: ¿A quiénes beneficia?
- Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.
- Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
- El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
- Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
- El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
💵 #BONO350 | Este subsidio tiene como finalidad apoyar a los productores agrarios y reducir el impacto negativo ocasionado por el contexto económico mundial y por las medidas adoptadas en la declaratoria de Estado de Emergencia.👇https://t.co/1kzWL5Sh86
— Infomercado (@infomercadoperu) December 14, 2021
Bono Escolaridad 2022 LINK Oficial: ¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el subsidio?
- Estar laborando a la fecha de la vigencia de la presente norma.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la vigencia de la norma.
Bono Escolaridad 2022 LINK Oficial: ¿Cuál es el cronograma de pagos?
El pago del Bono Escolaridad 2022 se dará en el mes de enero; sin embargo, esto dependerá del cronograma que emita el Banco de la Nación para el sector público. Mientras que los trabajadores privados, podrás recibir el subsidio cuando su empresa empleadora le haga el depósito de su sueldo mensual.
¿De cuánto será el monto?
Según la información que se maneja, el monto del Bono Escolaridad 2022 que se entrega a los sectores son distintos y no se paga mensualmente. Para recibirlo tienes que estar trabajando, o de vacaciones, en el momento que entró en vigor la norma. También haber estado laborando al menos tres meses que entró en vigor el reglamento.