En conmemoración de los 143 años del Combate de Angamos, el día de mañana 8 de octubre es feriado. Por esa razón este día es considerado como feriado nacional en el Perú, para trabajadores del sector público y privado.
8 de octubre es feriado para el sector privado: ¿Cuánto deben pagarme si trabajo hoy?
La ley establece que si un trabajador labora sin descanso sustitutorio en un día feriado, como el 8 de octubre, percibirá un pago triple por los siguientes conceptos:
- Una remuneración diaria por el feriado: monto incluido en el salario habitual.
- Una segunda remuneración por el trabajo realizado: pago adicional por jornada realizada.
- Una tercera remuneración por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.
Para que se entienda mejor conoce este ejemplo:
Si una persona recibe como remuneración mensual S/1,500 soles (50 soles diarios) y debe trabajar el 8 de octubre, le corresponderá recibir:
- Una remuneración por el feriado (50 soles)
- Una remuneración por el trabajo realizado (50 soles)
- Sobretasa del 100 % (50 soles)
- Por lo tanto, en total debería recibir S/150 por el día feriado laborado.