La comisión de Economía del Congreso debate proyecto para reducir la edad de acceso a la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO) y al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja) de los hombres, que ahora es de 55 a 50 años.
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Elio Sánchez, superintendente adjunto de AFP de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), precisó a Gestión que la medida solo desampararía al jubilado.
“Si el fondo de pensiones, que protege la vejez, debe proteger también al afiliado ante el desempleo, con un menor número de años de capitalización de fondos por el anticipo en la edad de jubilación solo se desampara más al jubilado”, aseveró.
Agregó que para cubrir el riesgo de desempleo, lo recomendable en política pública sería establecer una protección al desempleo que sea robusta y permita proteger al trabajador.
Riesgo de Longevidad
Miguel Rivera, director de Mercados de Seguros y Previsional Privado del MEF, manifestó los mecanismos para atacar un problema coyuntural con medidas estructurales, como cambios paramétricos en la edad, deben ser muy cuidadosos.
Esto debido a que están trasladando el riesgo de longevidad y riesgo de retorno a los afiliados.
Detalló que el riesgo de longevidad es cuando el afiliado agota sus propios recursos para financiar su vejez y cae en situación de pobreza.
Mientras que el riesgo de retorno se genera cuando el afiliado no tiene la rentabilidad esperada por la gestión individual.
Indicó que los hombres se están jubilando, por modalidad JAO y Reja, a los 58 años en promedio, mientras que las mujeres lo hacen casi a los 55 años.
Ambos por encima de las edades base que son de 55 y 50 años, respectivamente.
Jubilación a los 59 años
Sánchez afirmó que las jubilaciones anticipadas representan el 63% del monto retirado por jubilaciones, superando los procesos en la edad legal (65 años).
Esto ha hecho que la edad efectiva de jubilación se reduzca hasta los 59 años.
Si se tiene una menor edad de jubilación, el afiliado va a tener menos proceso de ahorro por lo tanto va a tener una menor acumulación de fondos, menor pensión y protección.
Asimismo, expresó que la edad de jubilación se establece porque el sistema de pensiones no está diseñado para atender necesidades de corto plazo.
«No se debe utilizar como instrumento de ayuda el ahorro de largo plazo (fondo previsional) porque eso va a generar una mayor pobreza cuando estas personas lleguen a ser adultos mayores”, agregó.
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