El pasado 27 de junio, en la Comisión de Economía del Congreso de la República se aprobó el Proyecto de Ley N° 731/2021-CR el cual modifica la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
El proyecto establece el reconocimiento de «buen pagador» a los deudores de créditos de consumo hasta 2 UIT que estén pagando puntualmente sus créditos por seis meses consecutivos.
Con la obtención de este reconocimiento, el deudor podrá solicitar a las entidades del sistema financiero, como Bancos, Financieras, Cajas Municipales, entre otros, reducir la tasa de interés de sus créditos, con la salvedad de que en otras entidades financieras presenten atrasos de pagos mayores a ochos días en sus créditos.
La entidad financiera que no se acoja a esta norma y por ende no cumpa con la reducción de la tasa de interés, estaría sujeta a una sanción por parte de la SBS.
Este PL ha tenido repercusiones pues se habla mucho de como la empresa privada manejara el tema de sus proyecciones de ingresos y provisiones. Además, es un tema controversial referirnos a que las tasas de interés sean obligadas en las instituciones financieras. También no existe la seguridad de que se pueda tener un comportamiento de pago creíble en solo seis meses.
Cajas Municipales rechazan norma
Al respecto, la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC) en representación de las 11 Cajas Municipales de Ahorro y Crédito manifestó su rechazo ante esta ley.
El presidente de la FEPCMAC, Jorge Solís Espinoza, declaró en conferencia de prensa que resulta una ley controlista y además draconiana, que desconoce como se desenvuelve las entidades financieras en el país.
Además, alegaron que los créditos microempresa y pequeños créditos, por su naturaleza son de alto riesgo, y calificar solo el comportamiento del deudor por el pago de seis meses consecutivos no es suficiente. Para las entidades financieras les resultará complicado otorgar créditos teniendo en cuenta que luego de seis meses se tiene que recalificar al cliente y reducir los intereses.
Para Solís, estos seis meses no garantizan el comportamiento futuro, el flujo del negocio, el respaldo patrimonial, la calidad de cliente a mediano y largo plazo. También preciso que los intereses se han ido regulando en el tiempo y que la rentabilidad de las entidades microfinancieras, sobre todo postcovid, es más reducida.
Por último, desde la FEPMAC, esperan que la norma no se apruebe de manera definitiva, ya que no hubo consulta previa a las entidades microfinancieras, siendo tomada de manera unilateral y que se están de acuerdo en liberar provisiones para el buen pagador, pero no en rebajar los tipos de interes.