Los empleadores de la pequeña, mediana y gran empresa deben realizar el pago de las gratificaciones de Fiestas Patrias a sus trabajadores como máximo hasta el próximo 15 de julio, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
El incumplimiento del pago de este concepto se considera una infracción grave, sancionable por la Sunafil en caso se detecte en una verificación.
Las multas se calculan dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados: si es una pequeña empresa, la multa oscilará entre S/ 1,890 y S/ 18,900; si es mediana o grande, puede recibir una multa entre S/ 5,670 y S/ 94,500.
La Sunafil recomienda a los empleadores no pactar con sus trabajadores el pago de la gratificación para una fecha posterior al 15 de julio puesto que el plazo es indisponible.
Requisitos para recibir gratificación
Los trabajadores que deben recibir gratificación son aquellos que se desempeñan dentro del régimen laboral de la actividad privada.
La gratificación equivale a un sueldo íntegro, siempre y cuando el trabajador haya laborado el semestre completo, es decir, desde enero hasta junio del 2019, indistintamente de su modalidad contractual: a plazo indefinido, a plazo fijo o tiempo parcial.
No gozan de este derecho, quienes trabajan en una microempresa, aquellos que prestan servicios como locadores o bajo cualquier modalidad formativa y quienes laboran para empresas comprendidas en regímenes especiales, que se sujetan a sus propias reglas.
Transcurrido el 15 de julio, los trabajadores que no hayan percibido gratificación pueden interponer sus denuncias ante la Sunafil.
Para los usuarios que se encuentren en provincias, pueden acercarse a las Intendencias Regionales de la Sunafil o a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, según sea el caso.