Según el Decreto Supremo N° 012-2021-TR emitido por el Gobierno, medida se opta para dar facilidades a los miembros de mesa y electores ante la segunda vuelta electoral que se llevará a cabo este domingo 06 de junio.
Reglamento establece un día no laborable no compensable para los trabajadores que desempeñen su labor como miembros de mesa el próximo 07 de junio.
En caso el día de las elecciones coincida con la jornada laboral del miembro de mesa, se indica que estará facultados a no prestar servicios por ese día, sin perjuicio de su «día no laborable».
Para esto, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo establecido para las elecciones presidenciales.
¿Cuáles son las facilidades para aquellos que no sean miembros de mesa?
Para los electores que trabajan el día domingo, es decir, si su jornada coincide con la segunda vuelta electoral, tendrán derecho a un periodo de tolerancia para ejercer su voto.
Si el trabajador, sea del sector público o privado, debe votar en una provincia distinta a su lugar de trabajo tiene permitido no prestar servicios los días viernes 04, sábado 05, domingo 06 y lunes 07 de junio de 2021.
En estos casos los empleadores de los sectores público y privado, en acuerdo con el trabajador, deben disponer la forma de recuperación del día u horas dejadas de laborar.