Utilidades

Link para Retiro de la CTS 2022: VER AQUÍ si existe una plataforma de consulta para sacar el dinero

El proyecto de ley en torno a la devolución de la CTS, propuesto por la congresista Dina Calle (Podemos Perú-PP), fue aprobado este 05 de mayo por el Pleno del Congreso.
Por Jennifer Morote
4 minutos
Los trabajadores podrán llevar a cabo la libre disposición del 100% de sus depósitos CTS hasta el 31 de diciembre de 2023, aunque, cabe aclarar, que no es una obligación que retiren todos sus fondos. A continuación te contamos todos los detalles respecto al Retiro de la Compensación de Tiempo de Servicios 2022 y te informamos si ya existe un link oficial para consultar el retiro del dinero.

► También te puede interesar: Bono Yanapay 350 gob pe LINK 2022: Ingresa al LINK OFICIAL del MIDIS y consulta si eres beneficiario

Link para Retiro de la CTS 2022: ¿Ya existe una plataforma de consulta para sacar el dinero? ¿Cuándo se paga?

Aún no se cuenta con un link oficial de consulta, pero es probable que se habilite uno en las próximas semanas. 

Respecto a la fecha de pago, la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) se entrega dentro de los primero 15 días de forma semestral en los meses de mayo y noviembre. Se cuentan los días hábiles para el pago de este beneficio, si el último día es inhábil, se realiza el pago el primer día hábil. Así tenemos:

  • Del 1 de noviembre al 30 de abril – Depósito de mayo.
  • Del 1 de mayo al 31 de octubre – Depósito de noviembre.

► También te puede interesar: Descargar SnapTube Última Versión: obtén todos los videos que quieras

Link para Retiro de la CTS 2022: ¿Cómo puedo calcular mi CTS?

Para saber cuánto dinero te depositarán por CTS, debes realizar lo siguiente:

  • Tome tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de su gratificación (es decir, divida su gratificación entre seis).
  • Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180 días).

Por ejemplo, con un sueldo básico de S/ 1,500:

  • 1/6 de gratificación: S/ 250
  • Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750
  • Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1,750/360 = 4.86
  • Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
  • Lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.

Esta información también podrás consultarla en el banco donde la empresa en que trabajas te paga el sueldo por tus servicios (solo el personal en planilla tiene acceso a este beneficio). A continuación, te alcanzamos los números de contacto y canales digitales de cada entidad financiera:

  • BBVA: accede a la banca por internet. Puedes comunicarte al número de atención al cliente: (01) 595-0000.
  • BCP: consulta a través de Vía BCP o en sus agencias a nivel nacional. Comunícate a la banca por teléfono: (01) 311-9898.
  • Interbank: consulta a través del app Interbank.
  • Banco Ripley: solicita información a través de sus canales digitales, en sus agencias a nivel nacional o llama a la línea: (01) 611-5757.
  • Caja Huancayo: puedes pedir información a través de la aplicación móvil o la web de Caja Huancayo, así como cajeros GlobalNet o contactar al número: 0800-10064 o al (64)481000.
  • Caja Arequipa: realiza tus consultas a través de su banca por internet y de la app Caja Arequipa Móvil.
  • Caja Trujillo: podrás consultar tu saldo en la web y en la app Caja Trujillo Móvil.

Link para Retiro de la CTS 2022: ¿Cuánto dinero podré retirar?

Todo lo que tengas acumulado a la fecha de la presente disposición.

¿Cómo saber si puedo acceder al retiro de la CTS?

Accederán a la CTS:

  • Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
  • Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
  • En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.

No accederán a la CTS:

  • Los trabajadores que hayan laborado una jornada menor a cuatro horas diarias.
  • Los trabajadores de la microempresa, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype).
  • Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicios no reciben su CTS.
  • Los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios.

VIDEO RECOMENDADO