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Indecopi multa con 95 mil soles a Tambo por venta de alcohol a menor de edad

Ya que estos hechos no pueden volver a suscitarse, la empresa tiene que implementar medidas para prevenir las ventas de alcohol a menores.
Por Valeria Olguín Rodríguez Publicado: Últ. actualización: 10 noviembre, 2022 11:15
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Tiendas Tambo S.A.C recibió una multa equivalente a 20.78 UIT, es decir, de S/95 588. Así lo determinó la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi. Ello, debido a que una menor de edad adquirió alcohol en uno de sus locales. Según el el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N°29571) y la Ley que Regula a la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas (Ley N°26681) existe lo que es el deber de idoneidad. Y este fue incumplido por la cadena de tiendas de conveniencia con dicha venta.

Indecopi ordenó a Tambo realizar ciertos cambios mediante la Resolución N°2382-2022/CC2. A fin de que no se repita esta situación, ellos tendrán que implementar protocolos, capacitar a los vendedores y hacer los esfuerzos necesarios para garantizar que jóvenes menores de 18 años no puedan acceder a bebidas alcohólicas en sus establecimientos.

Actualmente se encuentran en primera instancia resolutiva del Indecopi, en la cual se tomó esta decisión. Por ello, Tambo aún se encuentra en el plazo legal para apelar ante la Sala Especializada en Protección del Consumidor, una segunda y última instancia.

¿Qué es el deber de idoneidad?

Este es un derecho del consumidor. Hace referencia a la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe. Aquí se toma en consideración lo que se ofrece, la publicidad e información transmitida, condiciones y circunstancias de la transacción, las características y naturaleza del producto o servicio y demás.