Las empresas del sector privado tienen plazo hasta el 15 de mayo de 2026 para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), beneficio laboral que protege al trabajador ante un eventual desempleo. El pago corresponde al periodo noviembre 2025 – abril 2026 y debe realizarse en la cuenta CTS elegida por el empleado.
De acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima, la CTS funciona como un fondo de respaldo frente al cese laboral y equivale aproximadamente a un sueldo anual, dividido en dos depósitos: mayo y noviembre.
Actualmente, además, se mantiene vigente la norma que permite retirar el 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, sin necesidad de dejar el empleo.
¿Quiénes reciben la CTS?
No todos los trabajadores acceden a este beneficio. Para recibir el depósito, se deben cumplir condiciones específicas:
- Estar en planilla bajo el régimen laboral privado.
- Mantener vínculo laboral vigente al 30 de abril.
- Cumplir una jornada mínima de cuatro horas diarias.
- Haber laborado al menos un mes completo dentro del semestre.
Quedan excluidos los trabajadores a tiempo parcial (menos de cuatro horas), quienes reciben remuneración integral anual y empleados de microempresas inscritas en el REMYPE contratados después de su registro.
En el caso de pequeñas empresas, el beneficio se reduce: reciben el 50% de la CTS del régimen general, es decir, aproximadamente un cuarto de sueldo en mayo y otro en noviembre.
¿Cómo se calcula el monto?
El cálculo de la CTS toma como base la remuneración vigente al 30 de abril e incluye:
- Sueldo básico.
- Asignación familiar (si corresponde).
- Un sexto de la gratificación de diciembre.
- Otros conceptos remunerativos regulares.
Por un semestre completo, el trabajador recibe cerca del 50% de su remuneración computable. Si el tiempo laborado es menor, el monto se paga de forma proporcional.
El depósito debe realizarse en una entidad financiera supervisada por la Superintendencia de Banca Seguros y AFP, en la cuenta CTS elegida por el trabajador.
Retiro y consultas
Aunque la CTS tiene como objetivo ser un fondo de contingencia, el Congreso autorizó su libre disponibilidad hasta fines de 2026. Esto no modifica la obligación del empleador de cumplir con el depósito dentro del plazo.
Para más detalles sobre el beneficio y consultas laborales, los trabajadores pueden revisar la información oficial aquí.
El próximo depósito se realizará en noviembre, correspondiente al periodo mayo-octubre de 2026.